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Fallo completo - APDH Neuquén

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Por ende, la crítica que efectúa la defensa en torno a la imposibilidad de<br />

acreditar la intervención material de Pas Sosa en el centro clandestino de<br />

detención deviene inconducente, en tanto este extremo no fue afirmado por el<br />

sentenciante. Por el contrario, el juicio de reproche que se realiza sobre el<br />

acusado radica por la coordinación y control que realizó a partir de la Jefatura<br />

Sanitaria en la que se desempeñó sobre la asistencia médica que cumplieron<br />

personas que no se encuentran identificadas en el centro clandestino de<br />

detención. El auxilio médico al que hacemos referencia, cabe aclararlo, no estuvo<br />

al servicio de la salud sino de los interrogatorios bajo tormentos; tal como<br />

expresamente lo narraran las propias víctimas.<br />

Da cuenta de este extremo, la declaración que el Suboficial Luis Arnaldo<br />

Albornoz, quien como administrador del depósito de medicamentos de la Unidad<br />

181, refirió que Sosa concurría una vez por semana al batallón “a ver si había<br />

alguna novedad”. A su vez, relató que un día Sosa le dijo “voy al fondo”,<br />

referencia que el testigo interpretó como “La Escuelita”, recordando también que<br />

le solicitó un frasco de colirio porque “tenía ahí uno con conjuntivitis”.<br />

En cuanto a la clandestinidad en la que se llevaban a cabo los hechos<br />

inspeccionados en la encuesta, el tribunal de juicio ponderó la declaración del<br />

soldado conscripto Horacio Irene Iraola, quien fue sancionado por Hilarion de<br />

la Pas Sosa por el sólo hecho de haber anotado en los registros del Destacamento<br />

a un detenido de apellido Maidana.<br />

Finalmente, cobra relevancia la declaración de Fernando Leonfanti, quien<br />

refirió que fue designado como Director del Hospital de Cos Mala, habiendo sido<br />

puesto en funciones por Hilarion de la Pas Sosa. En dicha oportunidad, Pas Sosa<br />

dio un discurso en aquél centro asistencial donde expresó frente al público que<br />

“el Proceso de Reorganización Nacional se había propuesto eliminar de la<br />

administración pública a todos los delincuentes, asignándole al causante como<br />

misión, el descubrir en este grupo quienes son los delincuentes”.<br />

En suma, contrariamente a lo sostenido por la defensa técnica de los<br />

encausados, se aprecia que el tribunal de juicio ponderó adecuadamente las<br />

declaraciones de personas que habiendo sido privadas ilegalmente de su libertad,

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