Fallo completo - APDH Neuquén
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Cámara Federal de Casación Penal<br />
Causa Nro. 10.609 “REINHOLD,<br />
Oscar Lorenzo y otros s/ recurso<br />
de casación” -Sala IV - C.F.C.P.<br />
posibilidad de que se intente su rescate por otros elementos subversivos; e) los<br />
detenidos podrán ser trasladados a pie, o en vehículos motorizados. En todos<br />
los casos se les vendaran los ojos...”. (cfr. acápite 3.2 Normas del Procedimiento<br />
del Proceso de Reorganización Nacional; elaboración y ejecución del “Plan<br />
Ejército” de la sentencia).<br />
Finalmente, respecto a la asignación de responsabilidad que involucra a<br />
Francisco Julio Oviedo corresponde afirmar que, en función de cuanto surge del<br />
testimonio de la propia víctima que involucra el caso que se le imputa, el juicio<br />
llevado a cabo por el colegiado de la instancia anterior a su respecto no puede<br />
ser otro.<br />
Sobre el particular, corresponde dejar en claro que se le imputa al<br />
inculpado el haber retirado a Edgardo Kristian Kristensen el 9 de agosto de 1976<br />
de la Unidad Nº 9 del Servicio Penitenciario Federal de la ciudad de <strong>Neuquén</strong> y<br />
haberlo trasladado, con los ojos vendados en la parte trasera de un automóvil al<br />
centro clandestino de detención “La Escuelita”, con la finalidad de que la víctima<br />
permaneciera en dicho sitio confinada, sometida a tormentos y condiciones<br />
inhumanas de detención hasta el 13 de agosto del mismo año en que fue<br />
restituido a la Unidad 9.<br />
La materialidad del traslado no se encuentra controvertido en sí mismo,<br />
en tanto fue reconocido por el propio imputado al afirmar que aquél fue realizado<br />
por orden del Jefe de la División II Inteligencia del Comando de la VI Brigada<br />
de Infantería de Montaña, Oscar Lorenzo Reinhold, para lo cual se le entregó una<br />
nota dirigida por éste al Director de la U9, a fin de que sean entregados al<br />
portador de la presente los internos Edgardo Kristian Kristensen, Pedro Maidana<br />
y Miguel Angel Pincheira.<br />
Lo que sí cuestiona la defensa e, incluso fue negado por el encausado al<br />
prestar declaración indagatoria, es que luego de ser retirado de la Unidad 9,<br />
Kristensen haya sido conducido por Oviedo a “La Escuelita” para permanecer<br />
cautivo y ser objeto de tormentos. Concretamente, el justiciable expresó que una<br />
vez que retiró al detenido de la unidad carcelaria, lo condujo hacia la guardia del