26.03.2015 Views

Fallo completo - APDH Neuquén

Fallo completo - APDH Neuquén

Fallo completo - APDH Neuquén

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Cámara Federal de Casación Penal<br />

Causa Nro. 10.609 “REINHOLD,<br />

Oscar Lorenzo y otros s/ recurso<br />

de casación” -Sala IV - C.F.C.P.<br />

ejecutar el plan sistemático ilegal instaurado por la última dictadura militar a<br />

partir del golpe de estado del 24 de marzo de 1976.<br />

Tampoco se desprende de ello, que su asistido haya integrado un “grupo<br />

de tareas” para secuestrar y detener ilegalmente a personas, ni que haya sido una<br />

persona formada como “IPG” (interrogador de prisioneros de guerra) ni que<br />

participara en las reuniones de la “comunidad informativa”, ni tampoco que se<br />

haya desempeñado en el centro clandestino de detención conocido como “La<br />

Escuelita”.<br />

Lo único que se encuentra probado en autos y que fue reconocido por el<br />

propio Oviedo es el haber retirado de la Unidad Penitenciaria n9 el día 9 de<br />

agosto de 1976 a Kristian Kristensen, a plena luz del día, a raíz de haber recibido<br />

a través de la vía jerárquica militar una orden escrita e innominada del Mayor<br />

Reinhold en calidad de G2 del Comando para que remita al “detenido” a la<br />

guardia del Comando, sin conocer aquél ni los motivos por los cuales se<br />

encontraba en tal calidad ni las razones que inspiraban el traslado; resultando la<br />

orden cumplida por el imputado, un hecho aislado dentro de sus actividades<br />

habituales en el Destacamento 182.<br />

Por ello, indicó que desde la lógica, la psicología, la experiencia y el recto<br />

entendimiento de los hechos, sólo puede arribarse a un pronunciamiento<br />

absolutorio en relación al cargo de asociación ilícita, pues, de lo contrario, el<br />

único fundamento para sostener tal imputación, no es otro que la pertenencia de<br />

Oviedo al Ejército y el haber cumplido funciones en el Destacamento de<br />

Inteligencia 182 al tiempo de registrarse los hechos. Agregó, asimismo, que el<br />

tribunal a quo omitió pronunciarse sobre la multiplicidad de planes delictivos y,<br />

en particular, que su asistido únicamente pudiera haber participado en la<br />

privación ilegal de la libertad de Kristensen.<br />

d. Del error de prohibición invencible en la privación ilegal de la libertad.<br />

Sobre el particular y en función de la intervención que le cupo al<br />

justiciable en el suceso que damnificó a Kristensen, la defensa adujo que no se<br />

constató que Oviedo haya comprendido la criminalidad de su acto al tiempo de

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!