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Capítulo XVII. LA CUOTA LÍQUIDA ESTATAL. DEDUCCIONES - CISS

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<strong>LA</strong> <strong>CUOTA</strong> LÍQUIDA <strong>ESTATAL</strong>. <strong>DEDUCCIONES</strong> <strong>ESTATAL</strong>ES 1-4761€, los cuales se satisfacen con fondos de la cuenta vivienda. Con anterioridad a dicha fecha y durante elejercicio 2011, había efectuado ingresos en la cuenta vivienda por un importe total de 6.000 €. La sumade las bases imponibles general y del ahorro del ejercicio 2011 asciende a 22.707,20 €.Resultado:La entrega de cantidades a cuenta al promotor se considera adquisición de vivienda a efectos del cómputodel plazo de materialización del saldo de la cuenta vivienda. Ahora bien, el plazo concluía el mismodía de la celebración del contrato y entrega de las cantidades, por lo que dicho día tendría que haberaplicado la totalidad del saldo existente en la cuenta vivienda que en ese momento era de 40.000 € (7.000+ 9.000 + 9.000 + 9.000 + 6.000). Como sólo ha aplicado del saldo total la cantidad de 25.000 €, seentiende que 15.000 € de las cantidades depositadas en la cuenta vivienda no se han destinado a laadquisición de la vivienda habitual. A tal efecto se entiende que las cantidades de las que se ha dispuestopara un fin distinto al de la adquisición de la vivienda habitual, son las primeras depositadas. Comoconsecuencia, perdería el derecho a la aplicación de las siguientes deducciones:- 2007: 7.000 €- 2008: 8.000 €- TOTAL: 15.000 €Por otra parte, en el ejercicio 2011 al ser la base imponible del mismo inferior a 24.107,20 €, tendríaderecho a aplicar la deducción si bien conforme al artículo 68.1.1º LIRPF la base máxima de la mismasería:Base máxima deducción 2011: 9.040 - 1,4125 (22.707,20 - 17.707,20) = 1.977,50 €.Al ser la base máxima de deducción inferior al importe de las cantidades depositadas en 2011 en lacuenta vivienda la base de deducción estaría constituida por aquélla, es decir, 1.977,50 €.El hecho de que parte de la cantidad depositada en 2011 no haya podido acogerse a la deducción poraplicación del límite de base máxima de deducción, no altera que se entienda que las cantidades nodestinadas a la adquisición de la vivienda habitual fueron las primeras depositadas (ejercicios 2007 y2008).Aun cuando en el ejercicio 2011, ejercicio en el que parte de las cantidades depositadas en 2008 (1.000€) y las depositadas en 2009 y 2010 se destinan a la adquisición de la vivienda habitual (en el presentecaso a su construcción), el contribuyente no hubiera podido aplicar la deducción por inversión en viviendapor ser su base imponible superior a 24.107,20 €, no se perdería el derecho a las deducciones practicadascon anterioridad.2. Base de deducciónLa base de deducción en esta modalidad está constituida por las cantidades depositadas en la cuenta viviendadurante el ejercicio, sin perjuicio de la aplicación del límite de base máxima de deducción y del que pudieraresultar de la comprobación de la situación patrimonial del contribuyente.Los intereses que se abonen por la entidad financiera por la cuenta vivienda y que se ingresen en la misma,también formarán parte de la base de deducción.3. Cuantía de la deducciónEn la modalidad de deducción por cantidades depositadas en cuentas vivienda, la cuantía de la deducciónserá el resultado de aplicar a la base de deducción el porcentaje del 7,5% para la deducción estatal y del fijadopor la Comunidad Autónoma o, en su defecto, del 7,5% para el tramo autonómico.4. Incumplimiento de los requisitosEl incumplimiento de los requisitos relacionados con la disposición de los saldos o con el plazo en que ha dematerializarse la totalidad del saldo existente en la cuenta vivienda, determina la pérdida del derecho a lasdeducciones indebidamente practicadas. En concreto el artículo 56.2 RIRPF establece que se perderá el derechoa la deducción en los siguientes casos:© <strong>CISS</strong> Todo Fiscal 2011 687

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