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Buenas, malas o raras. Las leyes mexicanas de fiscalización superior

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7. Plazo para la revisión y <strong>fiscalización</strong> <strong>superior</strong> <strong>de</strong> la cuenta públicaLa oportunidad <strong>de</strong> la información es muy valiosa en la gestión financiera <strong>de</strong> losestados económicamente <strong>de</strong>sarrollados. La finalidad última <strong>de</strong> los informes <strong>de</strong> toda EFS es quepuedan ser utilizados para la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones financieras, en especial las presupuestarias. Poresto, no pue<strong>de</strong> otorgarse un periodo tan amplio a la EFS para la revisión <strong>de</strong> la cuenta pública quevuelva inoportuna la información que resulte <strong>de</strong> las auditorías, exámenes o revisiones practicadas.La LFSF otorgó un plazo <strong>de</strong> nueve meses —aumentado a diez meses con motivo <strong>de</strong> una reformalegislativa— para que la ASF entregue, a partir <strong>de</strong> que recibe la cuenta pública, su informe final ala Cámara <strong>de</strong> Diputados. Éstos son plazos aceptables, según las mejores prácticas internacionales(Figueroa Neri 2007).Para dar por satisfecho este indicador, la legislación local <strong>de</strong>be establecer que la EFSrealice la revisión <strong>de</strong> la cuenta pública en un plazo igual o menor a la ASF.8. Revisión ex anteOtro aspecto relevante acerca <strong>de</strong> la oportunidad <strong>de</strong> la información que genera laEFS, tiene que ver con el principio <strong>de</strong> posterioridad (revisión ex post <strong>de</strong> la cuenta pública) que rige la<strong>fiscalización</strong> <strong>superior</strong>. Esto implica que la EFS no pue<strong>de</strong> revisar algún ejercicio <strong>de</strong>l gasto público queno haya sido concluido y reportado como tal en la cuenta pública. Sin embargo, la LFSF introdujoel “Informe <strong>de</strong> avance <strong>de</strong> gestión financiera” como parte integrante <strong>de</strong> la cuenta pública, para queantes <strong>de</strong> que concluya el ejercicio fiscal en curso, la ASF pueda revisar estos avances, siempre quesean procesos concluidos. El espíritu <strong>de</strong> esta disposición es que los hallazgos y las recomendaciones<strong>de</strong> la ASF sirvan como insumo para medidas correctivas y preventivas <strong>de</strong> los sujetos fiscalizados ylos legisladores tengan también información estratégica antes <strong>de</strong> que concluya el ejercicio fiscal enmarcha.<strong>Las</strong> legislaciones <strong>de</strong> los estados <strong>de</strong>ben contener este tipo <strong>de</strong> informes —<strong>de</strong> avance opor periodos— para que se califique positivamente el indicador.9. Medición <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sempeño institucionalLa salida <strong>de</strong>l laberinto legal(antece<strong>de</strong>ntes y metodología <strong>de</strong> la investigación)Aimée Figueroa NeriUna revisión <strong>de</strong>l ejercicio <strong>de</strong>l gasto público con criterios sólo contables o legalesarroja resultados que no permiten valorar si se gastó bien, es <strong>de</strong>cir, si hubo un uso eficiente <strong>de</strong> losrecursos públicos que contribuya a la eficiencia económica y a un impacto positivo mediante elcumplimiento <strong>de</strong> las metas y los objetivos propuestos en el plan o programa que utilizó los recursosasignados. <strong>Las</strong> auditorías <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeño a las instituciones públicas son una herramienta po<strong>de</strong>rosae indispensable para las EFS y ofrecen información estratégica para las políticas públicas, aunque laEFS no evalúe la política pública en sí misma.55Para aprobar este indicador, es necesario que la ley le otorgue faculta<strong>de</strong>s suficientesa la EFS a fin <strong>de</strong> que pueda realizar auditorías <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeño o evaluación <strong>de</strong> éste; es <strong>de</strong>seable que,a<strong>de</strong>más, la ley señale que la EFS emita recomendaciones y su informe final contenga un apartadoespecífico o reporte el grado <strong>de</strong> cumplimiento <strong>de</strong> metas y objetivos programados, así como lasrecomendaciones formuladas.

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