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Compilación de temas de derecho procesal para estudiantes de ...

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Oralidad: Es un principio rector, que lo hace sencillo y rápido. Solamente que <strong>para</strong><br />

que se logre el respeto a las garantías <strong>de</strong> las partes, es necesario <strong>de</strong>jar constancia<br />

escrita en acta, <strong>de</strong> las alegaciones y <strong>de</strong> las pruebas que presenten las partes, y <strong>de</strong><br />

la últimas que <strong>de</strong> oficio disponga en órgano juzgador.<br />

Publicidad: Permite que los trabajadores <strong>de</strong> un centro laboral y otras personas que<br />

no tengan interés en los asuntos, presencien los actos que se celebren en el mismo.<br />

Este mismo principio se garantiza en la instancia judicial.<br />

Legalidad: Se trata <strong>de</strong>l respeto que los órganos arbitrales prejudiciales y los <strong>de</strong> la<br />

administración <strong>de</strong> justicia, tienen en cuanto al cumplimiento <strong>de</strong> las normas<br />

<strong>procesal</strong>es legales vigentes en la solución <strong>de</strong> los conflictos. Se extien<strong>de</strong> a<strong>de</strong>más, al<br />

empleo a<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong> la legislación material positiva en el momento <strong>de</strong>l conocimiento<br />

y solución <strong>de</strong> un asunto. Algunos autores prefieren <strong>de</strong>nominar a este principio<br />

Respeto a la Legalidad.<br />

Concentración: Se trata <strong>de</strong> la realización <strong>de</strong> la mayor parte <strong>de</strong> los trámites y actos<br />

en una misma sesión o audiencia. En otras palabras, las cuestiones previas, los<br />

argumentos esenciales, el conocimiento <strong>de</strong> los hechos, y las cuestiones inci<strong>de</strong>ntales<br />

como los posibles recursos relacionados con la no admisión <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminados<br />

medios <strong>de</strong> prueba, se realizan en el mismo acto, <strong>de</strong> forma general. Ello provoca que<br />

todas las cuestiones sean solucionadas posteriormente en las resoluciones que<br />

dicten oportunamente los órganos arbitrales prejudiciales y los <strong>de</strong> la administración<br />

<strong>de</strong> justicia, dando fin a la instancia.<br />

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