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padrón. Por otra parte, la proporcionalidad de la limitación del derecho de las personasextranjeras no se ha ponderado adecuadamente al no considerar el obstáculo que suponepara derechos tan importantes como la educación y la sanidad.Por su lado, la Sentencia de 12 de marzo de 2013 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección 3ª) resuelve un recurso contenciosoadministrativointerpuesto por Andalucía Acoge, la Asociación Pro Derechos Humanosde Andalucía y la Federación SOS Racismo contra distintos preceptos del Real Decreto557/2011, por el que se aprueba un nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. Enconcreto, los aspectos del Reglamento de extranjería que han sido anulados son lossiguientes: el inciso del artículo 88.5 párrafo cuarto del Reglamento, al deducirse laexclusión del trabajador extranjero de la legitimación activa para recurrir el rechazo a sucontratación solicitada por un empleador nacional; el apartado 4 del artículo 128 a tenordel cual en los procedimientos para obtener la autorización de residencia temporal porcircunstancias excepcionales, sin necesidad de visado, el órgano competente “podrárequerir la comparecencia del solicitante y mantener con él una entrevista personal” ; elapartado 1, párrafo segundo, de la disposición adicional primera, así como el inciso “oen su caso resolverá la inadmisión a trámite” que contiene el artículo 106.3, párrafoprimero.Por otro lado, las políticas de integración continúan sufriendo los recortespresupuestarios. Así, el Fondo estatal para la integración de inmigrantes, que en el año2009 llegó a alcanzar 200 millones de euros, ha sido suspendido un año más. Ha estadosuspendido para 2013 y lo mismo se prevé para el ejercicio 2014. Ante la suspensióndel Fondo estatal, solo puede mencionarse el Fondo Europeo para la Integración deNacionales de Terceros Países a través de la convocatoria de subvenciones para eldesarrollo de programas de intervención integral de barrios con presencia significativade población inmigrante, cofinanciado por ese Fondo Europeo. La Conferencia Sectorialde Inmigración no se ha reunido ni una sola vez durante todo el año 2013,A una política pública en materia de integración inexistente se suma la intención desuprimir diversos organismos a nivel de Comunidad Autónoma con la excusa desolapamiento de funciones. Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de octubre de2012, se crea la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas CORA quepresentó en Consejo de Ministros el 21 de junio de 2013 un informe con 217 propuestasconcretas de acción para la reforma de las Administraciones Públicas. El InformeCORA plantea un cambio en la actual ley de Extranjería con el fin de definir unoscriterios comunes de integración de inmigrantes y determinar el ámbito de actuación decada una de las diferentes administraciones públicas e implantar un permiso únicosustituyendo la autorización de trabajo por un informe de la autoridad laboralautonómica. A estos cambios estrictamente normativos se suman propuestas desupresión de los actuales observatorios de la inmigración implantados en diferentescomunidades autónomas o incluso la figura del Defensor del Pueblo cuyas funcionespasarían a ser ejercidas por el Defensor del Pueblo estatal.55

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