BAO. <strong>190</strong>. zk. 2008, urriak 3. Ostirala — 23954 — <strong>BOB</strong> núm. <strong>190</strong>. Viernes, 3 de octubre de 2008d) La sanción procedente viene determinada por lo previstoen el artículo 184.d) del Reglamento de Costas y consiste en sanciónpecuniaria en la cuantía de lo establecido en la norma citaday según Resolución de 21 de noviembre de 2001 de la Subsecretaríapor la que se convierten a euros las cuantías correspondientesa las sanciones impuestas en el ámbito del Ministerio de MedioAmbiente.En el caso de acampada, la sanción es de 30,05 euros pormetro cuadrado ocupado y día. Teniendo en cuenta que la dimensiónmínima de una tienda de campaña es de dos metros de largopor dos metros de ancho, lo que hace un total de cuatro metroscuadrados, constituiría una infracción administrativa sancionada conla cantidad de 120,20 euros.e) Comunicarle que, conforme a lo establecido en el artículo8 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamentodel Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora,como presunto responsable de los hechos puede reconocervoluntariamente su responsabilidad, pudiendo hacer efectivo el pagoen la Delegación de Economía y Hacienda, en los siguientes plazos:— Si la notificación de la liquidación se realiza en la primeraquincena del mes, el plazo finaliza el día 20 del mismo mes.— Si la notificación de la liquidación se realiza entre el 16 yel último día del mes, el plazo finaliza el día 5 del mes siguiente.— Si el último día de pago fuese sábado, domingo o festivose extenderá el plazo de pago al día hábil inmediato (artículo62.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 dediciembre («B.O.E.» 18-12-2003), debiendo, en tal caso, remitirsea esta Demarcación de Costas copia del justificantede ingreso, lo que implicará la terminación del procedimientosin perjuicio de la posibilidad que le asiste para interponerlos recursos procedentes.La cantidad a ingresar en el Tesoro Público asciende a 120,20euros.Por todo ello, una vez comprobados los hechos denunciados,el Instructor que suscribe le considera responsable de los siguienteshechos, formulando el siguiente Pliego de Cargos: «Acampadacon tienda de campaña en la playa de Laga, en el término municipalde Ibarrangelu, el día 6 de agosto de 2008».Estos hechos constituirían una infracción administrativa de lastipificadas en el artículo 33.5 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, deCostas.De acuerdo con el artículo 184.d) del Reglamento de Costas,como consecuencia de la infracción que se le imputa, la sanciónque se le podría imponer ascendería a 120,20 euros.Se informa que, en virtud del artículo 102.2 de la Ley de Costas,en la redacción dada por la ley 53/2002, de 30 de diciembre,de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, el plazopara resolver y notificar la resolución en los procedimientos sancionadoreses de doce (12) meses. De acuerdo con el artículo 44.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de no recaer resoluciónen el plazo establecido, procederá la caducidad del procedimiento,ordenándose el archivo de las actuaciones con los efectos previstosen su artículo 92, teniendo en cuenta que la caducidad no producirápor sí sola la prescripción de las acciones de la Administración,pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazode prescripción.Lo que se le notifica a usted para que, de conformidad con loprevisto en el artículo 194.8 del Reglamento de Costas, en el plazode 10 días, contados a partir del siguiente a aquel en el que tengalugar la notificación o, en su caso, publicación del presente Pliegode Cargos, pueda formular las alegaciones al mismo y proponerla práctica de las pruebas que estime oportunas en su defensa,para la determinación de los hechos.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192.1 del Reglamentode Costas y en los artículos 8.1 y 13.2 del Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamentodel Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora,se le advierte que, de no efectuar alegaciones dentro del plazo legalconcedido al efecto para ello, este escrito podrá ser consideradocomo Propuesta de Resolución, dictándose por tanto la resoluciónque proceda sin más trámite.En Bilbao, a 22 de septiembre de 2008.—El Jefe de la Demarcación,Fernando Pérez Burgos•EDICTO(IV-1601)Demarcación de Costas del País Vasco.—De conformidad conlo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, habiendo resultado infructuosaslas gestiones que se han realizado para efectuar la notificaciónde «Resolución» del expediente administrativo SAN01/08/48/0037 iniciado a Alain Bengoa Pagazaurtundua, cuyo último domicilioconocido es calle Santa Cruz, 3, 01400-Laudio-LLodio (Álava),se hace público, a continuación, su contenido.Examinado el expediente sancionador de referencia, motivadopor haber cometido una infracción por la ocupación del dominiopúblico marítimo-terrestre sin la debida autorización, mediante laacampada con el vehículo furgoneta Volkswagen Transporter, matrícula2707-DRX, en la playa de Laga, en el término municipal deIbarrangelu, el día 24 de junio de 2008.I. AntecedentesCon fecha 9 de julio de 2008 le fue notificada la incoación deexpediente sancionador y pliego de cargos formulado, en el quese exponían los hechos denunciados, concediéndole un plazo dediez días a los efectos de que alegara lo que a su derecho conviniera.Transcurrido el plazo concedido, no se ha presentado alegaciónalguna contra los cargos que se le imputan.II.Legislación aplicableLey de Costas, de 28 de julio de 1988; Reglamento Generalpara su desarrollo y ejecución, aprobado por Real Decreto1471/1989, de 1 de diciembre; Ley 30/92, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y Ley 4/99, de modificación de laanterior, Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 deagosto; Real Decreto 1771/94, de 5 de agosto, de adaptación a laLey 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,de determinados procedimientos en materia de costas y demás disposicionesque resulten de aplicación.III.Fundamentos jurídicosEl artículo 33.5 de la vigente Ley de Costas establece que quedaránprohibidos el estacionamiento y circulación no autorizada devehículos, así como los campamentos y acampadas en la zona dedominio público marítimo-terrestre.Los hechos relacionados anteriormente se encuentran tipificadoscomo infracción en el artículo 90.a) de la vigente Ley 22/1988,de 28 de julio, de Costas, y calificada como grave en el artículo91.2.g).Corresponde a la Demarcación de Costas, como órgano pertenecientea la Administración del Estado, la tutela y policía del dominiopúblico marítimo-terrestre y de su servidumbre de tránsito, envirtud de lo establecido en el artículo 203.1.c) del Reglamento Generalpara el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas y de la DisposiciónTransitoria Primera del Real Decreto 839/96, de 10 de mayo,que establece la estructura orgánica del Ministerio de Medio Ambiente.La competencia para resolver el expediente sancionador correspondeal Jefe de la Demarcación de Costas, conforme al artículo194.3 y 194.10 del Reglamento General de Costas.
BAO. <strong>190</strong>. zk. 2008, urriak 3. Ostirala — 23955 — <strong>BOB</strong> núm. <strong>190</strong>. Viernes, 3 de octubre de 2008La incoación del procedimiento ha sido considerada propuestade resolución, conforme a lo previsto en los artículos 18 y 19 delReglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora,al no haberse formulado alegaciones dentro del plazoconcedido al efecto.La sanción procedente viene determinada por lo previsto enlos artículos 97.2 de la Ley 22/88 de Costas y 184.d) del Reglamentode Costas y consiste en una sanción pecuniaria, en la cuantíaestablecida en la norma citada y según Resolución de 21 denoviembre de 2001, de la Subsecretaría, por la que se conviertena euros las cuantías correspondientes a las sanciones impuestasen el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente.En el caso de acampada, la sanción es de 30,05 euros pormetro cuadrado ocupado y día. Teniendo en cuenta que la dimensiónmínima de un vehículo furgoneta es de cuatro metros de largopor metro y medio de ancho, lo que hace un total de seis metroscuadrados, constituiría una infracción administrativa sancionada conla cantidad de 180,30 euros.En su virtud, con esta fecha, esta Jefatura ha resuelto: imponera Alain Bengoa Pagazaurtundua una multa de 180,30 euros(ciento ochenta euros y treinta céntimos), que deberá ingresar enla Caja del Tesoro Público de la Delegación de Hacienda en lossiguientes plazos:— Si la notificación de la liquidación se realiza en la primeraquincena del mes, el plazo finaliza el día 20 del mismo mes.— Si la notificación de la liquidación se realiza entre el 16 yel último día del mes, el plazo finaliza el día 5 del messiguiente.— Si el último día de pago fuese sábado, domingo o festivo,se extenderá el plazo de pago al día hábil inmediato (artículo62.5 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 dediciembre («B.O.E.» de 18 de diciembre de 2003), debiendo,en tal caso, remitirse a esta Demarcación de Costas copiadel justificante de ingreso, lo que implicará la terminacióndel procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad que le asistepara interponer los recursos procedentes.Del incumplimiento de las obligaciones indicadas se dará trasladoa la Delegación de Hacienda para su cobro por vía de apremio,en aplicación del Reglamento General de Recaudación, significándolesque conforme a lo establecido en el artículo 138.3 dela Ley 30/92, de 26 de noviembre, la resolución será ejecutiva cuandoponga fin a la vía administrativa.Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada anteel llmo. Sr. Director General de Costas en el plazo de un mes, deacuerdo al artículo 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificaciónde la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.En Bilbao, a 22 de septiembre de 2008.—El Jefe de la Demarcación,Fernando Pérez Burgos(IV-1602)Confederación Hidrográfica del CantábricoINFORMACIÓN PÚBLICAExpediente: A/48/09282.Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas.Peticionario: José Francisco Arbide Idirin.N.I.F.: 14.229.829-M.Domicilio: Calle Beltrán Heredia, 1-bajo dcha. – 48970-Basauri (Bizkaia).Nombre del río o corriente: Morteru.Caudal solicitado: 2 l/s.Punto de emplazamiento: Monte Morteru.Término municipal y provincia: Arrankudiaga (Bizkaia).Destino: Uso ganadero.Breve descripción de las obras y finalidadSe pretende el aprovechamiento de 2 l/seg. de agua del manantialMorteru, en el término municipal de Arrakundiaga, con destinoa abrevado de ganado.La toma se realizará mediante una arqueta de captación y unatubería de PVC que conducirá el agua hasta un abrevadero situadoa unos 300 m.Lo que se hace público para general conocimiento por un plazode un mes, contado a partir del siguiente a la fecha de publicacióndel presente anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», a fin de quelos que se consideren perjudicados con lo solicitado puedan presentarsus reclamaciones, durante el indicado plazo, en el Ayuntamientode Arrankudiaga o en la Confederación Hidrográfica delCantábrico (Comisaría de Aguas, Plaza de España, número 2, 33071-Oviedo), donde estará de manifiesto el expediente.El Comisario de Aguas adjunto, Juan Miguel Llanos Lavigne(IV-1619)•CONCESIÓN APROVECHAMIENTO DE AGUAS(Expediente: A/48/09169)De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentodel Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986,de 11 de abril («B.O.E.» del día 30), se hace público, para generalconocimiento que, por resolución de la Confederación Hidrográficadel Cantábrico de fecha 15-09-2008, y como resultado del expedienteincoado al efecto, le ha sido otorgada a Cantera de Campanzar, S.A.,la oportuna concesión para aprovechamiento de 10.100 m 3 /año deagua de un pozo en el término municipal de Elorrio (Bizkaia), condestino para la fabricación de hormigón y limpieza de camiones, enel término municipal de Arrasate-Mondragón (Gipuzkoa).El Jefe de Área, Luis Gil García(IV-1605)V. Atala / Sección VJustizia Administrazioa / Administración de JusticiaJuzgado de lo Social número 3 de Bilbao (Bizkaia)EDICTO(CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO)En el Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao se sigue juicionúmero 582/08, promovido por Ignacio Chavarría López,sobre seguridad social, contra Grupo U Sistemas y Comunicaciones,S.L., en concepto de <strong>parte</strong> demandada en dicho juicio, al objetode asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, responderal interrogatorio solicitado por Ignacio Chavarría López sobre loshechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declarepertinentes, en la sede de este Juzgado, sito en la calle BarroetaAldámar, número 10, código postal 48001, Sala de Vistas número10, ubicada en la planta 1. a , el día 10 de noviembre de 2008, a las10:20 horas.
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