BAO. <strong>190</strong>. zk. 2008, urriak 3. Ostirala — 23960 — <strong>BOB</strong> núm. <strong>190</strong>. Viernes, 3 de octubre de 2008Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición, a presentaren este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa ala resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de EnjuiciamientoCivil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividadde lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).»Advertencias legales1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebracióndel juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía(artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de pruebade que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).3. Debe presentar los documentos que estén en su poder yhayan sido propuestos por la <strong>parte</strong> demandante y admitidos porel Juzgado; si no los presentara sin causa justificada podrán estimarseprobadas las alegaciones hechas por la <strong>parte</strong> contraria enrelación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).4. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado,o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debemanifestarlo a este Juzgado por escrito, dentro de los dos díassiguientes al de su citación para el juicio; de no hacerlo, se presumeque renuncia a valerse en el acto del juicio de alguno de dichosprofesionales (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).5. Debe comparecer con el D.N.I.6. La representación de persona física o de entidades socialesdeberá acreditarse por medio de poder notarial o por comparecenciaante la Secretaria del Juzgado.Y para que le sirva de notificación en legal forma a Torredoneza,S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserciónen el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a diecinueve deseptiembre de dos mil ocho.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacionesse harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistanforma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La SecretariaJudicial(V-3636)•EDICTO(CÉDULA DE NOTIFICACIÓN)Doña María Etxeberria Alkorta, Secretaria Judicial del Juzgado delo Social número 5 de Bilbao.Hago saber: Que en autos número 641/08 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancias de Lourdes Fernández Roldáncontra la empresa Lasene Encuestas, S.L., y Naira Martínez-Nagore Kareaga, C.B., sobre despido, se ha dictado la siguiente:CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN A JUICIO(PARTE DEMANDADA)El Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao acuerda juicionúmero 641/08, promovido por Lourdes Fernández Roldán, contraLasene Encuestas, S.L., y Naira Martínez-Nagore Kareaga, C.B.,resolución que lo acuerda el auto de fecha 12 de agosto de 2008,admitiendo a trámite la demanda y señalando a juicio, cuyo contenidose inserta, a Lasene Encuestas, S.L., y Naira Martínez-NagoreKareaga, C.B., con objeto de asistir en el concepto indicado a lacelebración del acto del juicio y, en su caso, al previo de conciliación,que tendrá lugar en la sede de este Juzgado, sito en la calleBarroeta Aldámar, número 10, Sala de Vistas número 11, sita enla planta 1. a , el día 9 de octubre de 2008, a las 11:10 horas.Resolución que se notifica«Diligencia.—En Bilbao, a doce de agosto de dos mil ocho.La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que,con fecha 11 de agosto de 2008, se recibe de la oficina de repartoescrito de demanda presentada por Lourdes Fernández Roldán,que ha quedado registrada con el número 641/08 en el Libro deasuntos del Juzgado. Paso a dar cuenta. Doy fe.Auto.—En Bilbao, a doce de agosto de dos mil ocho.Hechos1. Lourdes Fernández Roldán presenta demanda contraLasene Encuestas, S.L., y Naira Martínez-Nagore Kareaga, C.B.,en materia de despido.Razonamientos jurídicos1. Examinada la demanda, este Juzgado tiene jurisdiccióny competencia para conocer de la misma y, no observándose defectoen aquélla, procede admitir la misma y señalar día y hora en quehayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio, conformese establece en el artículo 82.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.2. Conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral,podrán las <strong>parte</strong>s solicitar aquellas pruebas que, habiendo depracticarse en el juicio, requieren diligencias de citación o requerimiento,extremo sobre el que debe resolverse.Parte dispositivaSe admite a trámite la demanda presentada y se señala parael acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria,la audiencia del día 9 de octubre de 2008, a las 11:10 horas, enla Sala de Audiencias de este Juzgado, debiendo citarse a las <strong>parte</strong>s,con entrega a los demandados y a los interesados de copiade la demanda y demás documentos aportados.Adviértase a las <strong>parte</strong>s1. Que deberán concurrir a juicio con todos los medios deprueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).2. Que si el demandante citado en forma no comparece, nialega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido dela demanda (artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).3. Que la incomparecencia injustificada del demandado citadoen forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sinnecesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral).Respecto a la prueba solicitada se acuerda:Acceder al interrogatorio del representante en juicio deLasene Encuestas, S.L., y Naira Martínez-Nagore Kareaga, C.B.,para que declare sobre los hechos y circunstancias objeto del pleitopor los que se le pregunte y que el Tribunal declare pertinentes.El interrogatorio tendrá lugar el día y la hora anteriormente señaladosy al representante en juicio de la persona jurídica se le citarácon el apercibimiento de que, si no comparece y no justifica el motivode la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidoslos hechos en que hubiera intervenido personalmente y cuya fijacióncomo ciertos le sea enteramente perjudicial (artículo 304 dela Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil).Además, le será impuesta, previa audiencia, una multa de entre180 y 600 euros (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).Requerir a la <strong>parte</strong> demandada para que presente los documentosque estén en su poder y han sido solicitados por el actor,advirtiéndole que podrán estimarse probadas las alegaciones hechaspor la <strong>parte</strong> que reclama los documentos si deja de presentarlossin causa justificada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).Respecto a la prueba testifical, se tienen por vertidas las manifestacionesefectuadas por la demandante.Notifíquese esta resolución a las <strong>parte</strong>s.Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición, a presentaren este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa ala resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de EnjuiciamientoCivil) sin que su mera interposición suspenda la ejecu-
BAO. <strong>190</strong>. zk. 2008, urriak 3. Ostirala — 23961 — <strong>BOB</strong> núm. <strong>190</strong>. Viernes, 3 de octubre de 2008tividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).Así, por este su auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilma. Sra.Magistrada-Juez doña María Isabel Sánchez Martín. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria Judicial.»Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar lo acordadoy a notificar la presente en la forma prevista en los artículos55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, acompañandocopia de la demanda y demás documentos en su caso a los demandados.Doy fe.Advertencias legales1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebracióndel juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía(artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de pruebade que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).3. Debe presentar los documentos que estén en su poder yhayan sido propuestos por la <strong>parte</strong> demandante y admitidos porel Juzgado; si no los presentara sin causa justificada podrán estimarseprobadas las alegaciones hechas por la <strong>parte</strong> contraria enrelación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).4. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado,o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debemanifestarlo a este Juzgado por escrito, dentro de los dos díassiguientes al de su citación para el juicio; de no hacerlo, se presumeque renuncia a valerse en el acto del juicio de alguno de dichosprofesionales (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).5. Debe comparecer con el D.N.I.6. La representación de persona física o de entidades socialesdeberá acreditarse por medio de poder notarial o por comparecenciaante la Secretaria del Juzgado.Y para que le sirva de notificación en legal forma a Naira Martínez-NagoreKareaga, C.B., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao,a diecinueve de septiembre de dos mil ocho.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacionesse harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistanforma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La SecretariaJudicial(V-3637)•Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao (Bizkaia)EDICTO(CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO)En el Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao se sigue juicionúmero 643/08, promovido por Sonia Soria Hernández, sobredespido, contra J.C. Calvo Construcciones, S.L., en concepto de<strong>parte</strong> demandada en dicho juicio, al objeto de asistir al acto de conciliacióny juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitadopor Sonia Soria Hernández sobre los hechos y circunstancias objetodel juicio y que el Tribunal declare pertinentes, en la sede de esteJuzgado, sito en la calle Barroeta Aldámar, número 10, código postal48001, Sala de Vistas número 14, ubicada en la planta 1. a , eldía 15 de octubre de 2008, a las 12:15 horas.Advertencias legales1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebracióndel juicio, que continuará sin necesidad de declarar surebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados delJuzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento (artículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral).2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de pruebade que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado,o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debemanifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientesa la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley deProcedimiento Laboral).4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia,el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidosque le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000 de EnjuiciamientoCivil, en relación con el artículo 91 de la Ley deProcedimiento Laboral), además de imponerle, previa audiencia,una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de laLey de Enjuiciamiento Civil).5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal formaa la <strong>parte</strong> demandada, que se encuentra en ignorado paradero.La persona citada puede examinar los autos en la Secretaríadel Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.En Bilbao, a veinticinco de septiembre de dos mil ocho.—El/LaSecretario/a Judicial(V-3670)•EDICTO(CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO)En el Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao se sigue juicionúmero 647/08, promovido por Ángel Ibáñez Baños, José ManuelEchevarría Cano y Santiago Romero González, sobre despido, contraDepósitos Donosti Limpieza y Reparación, S.L., en conceptode <strong>parte</strong> demandada en dicho juicio, al objeto de asistir al acto deconciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitadopor Ángel Ibáñez Baños, José Manuel Echevarría Cano ySantiago Romero González sobre los hechos y circunstancias objetodel juicio y que el Tribunal declare pertinentes, en la sede de esteJuzgado, sito en la calle Barroeta Aldámar, número 10, código postal48001, Sala de Vistas número 14, ubicada en la planta 1. a , eldía 20 de octubre de 2008, a las 9:15 horas.Advertencias legales1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebracióndel juicio, que continuará sin necesidad de declarar surebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados delJuzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento (artículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral).2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de pruebade que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral).3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado,o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debemanifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientesa la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley deProcedimiento Laboral).4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia,el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidosque le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000 de EnjuiciamientoCivil, en relación con el artículo 91 de la Ley deProcedimiento Laboral).5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal formaa la <strong>parte</strong> demandada, que se encuentra en ignorado paradero.La persona citada puede examinar los autos en la Secretaríadel Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.En Bilbao, a veinticinco de septiembre de dos mil ocho.—El/LaSecretario/a Judicial(V-3671)
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