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Operar como Persona Natural, a través de una empresa unipersonal. Por ejemplo, el<br />
señor Pedro Núñez puede desarrollar actividades empresarial sólo usando su<br />
nombre.<br />
Operar como Persona Jurídica a través de una Empresa Individual de<br />
Responsabilidad Limitada, conocida por las siglas E.LR.L. Por ejemplo, el mismo<br />
señor Pedro Núñez puede formar la empresa El Dorado E.I.R.L., o si gusta, puede<br />
también utilizar su propio nombre Pedro Núñez E.I.R.L.<br />
La diferencia entre estas dos opciones se encuentra en el nivel de responsabilidad<br />
que asume el empresario ante terceros (clientes, proveedores, Estado, bancos, etc.):<br />
En una empresa unipersonal, el empresario responde con todos sus bienes<br />
personales (su casa, automóvil, dinero, muebles, etc.), sin límite de ninguna clase.<br />
En cambio en una E.I.R.L, el empresario sólo responde hasta por el monto del<br />
patrimonio de la empresa; a eso se refiere la «responsabilidad limitada».<br />
Por ejemplo, supongamos que el señor Juan Morales pide un crédito a un banco por<br />
SI 10,000 para mejorar su taller de reparación de automóviles, El Rápido E.I.R.L. Si<br />
solicita el crédito a título personal, como persona natural, en caso de no devolución<br />
del préstamo, el banco podrá embargarle al señor Morales parte de sus bienes<br />
personales (su casa, sus artefactos, sus muebles, etc.) hasta cubrir su deuda (más<br />
los intereses, las moras, etc.).<br />
Pero, si ha solicitado el crédito como El Rápido EIRL, y no devuelve el préstamo<br />
recibido, el banco embargará los bienes que forman parte del patrimonio de EL<br />
RAPIDO EIRL (máquinas, herramientas, muebles, etc.) hasta cubrir el monto total de<br />
la deuda, pero no tocará los bienes del señor Morales (excepto en el caso que el<br />
mismo Sr. Juan Morales haya sido fiador solidario del préstamo otorgado a su<br />
empresa).<br />
Constituyendo nuestra sociedad.<br />
Si el empresario Opta por asociarse con otras personas, porque considera que de<br />
esa forma podrá obtener los recursos necesaños para llevar a cabo su empresa, la<br />
ley les permite escoger, entre otras, por las siguientes alternativas:<br />
La Sociedad de Responsabilidad Limitada, conocida por su sigla S.R.L.<br />
La Sociedad Anónima, que actualmente tiene dos modalidades, la Sociedad<br />
Anónima Abierta, conocida por su sigla S.A.A., y la Sociedad Anónima Cerrada,<br />
conocida por su sigla S.A.C.<br />
En esas formas empresariales (S.R.L., S.A.A. y S.A.C.) la responsabilidad es sólo<br />
por el monto del patrimonio de la empresa (responsabilidad limitada).<br />
Las S.R.L., S.A.A. y S.A.C. se diferencian en el nivel de exigencia que la Ley obliga<br />
para determinados actos jurídicos (cambios de socios, asambleas, decisiones, etc.).<br />
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