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Recursos Materiales. - Seneam

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Viernes 16 de julio de 2010 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3<br />

DISPOSICIONES EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />

TITULO PRIMERO<br />

DISPOSICIONES GENERALES<br />

CAPITULO I<br />

DEL AMBITO DE APLICACION Y DEFINICIONES<br />

1. Las presentes disposiciones en materia de recursos materiales y servicios generales y el Manual<br />

Administrativo de Aplicación General en Materia de <strong>Recursos</strong> <strong>Materiales</strong> y Servicios Generales, serán de<br />

aplicación obligatoria para las Dependencias de la Administración Pública Federal y las unidades<br />

administrativas de la Presidencia de la República.<br />

Las disposiciones y el manual a que se refiere el párrafo anterior, serán igualmente de observancia<br />

obligatoria para las Entidades, con excepción de las que se contienen en los Capítulos II, III, V, VI Sección I,<br />

X, XI y XIII, del Título Segundo, respecto de las cuales los titulares de las Dependencias, en su carácter de<br />

coordinadoras de sector, promoverán en las Entidades agrupadas en el sector que coordinen, la adopción de<br />

las medidas conducentes para el adecuado cumplimiento de tales disposiciones. Los órganos de gobierno y<br />

los titulares de las Entidades, incluidas las no sectorizadas, proveerán lo necesario para tales fines, de<br />

conformidad con sus facultades legales y estatutarias.<br />

La Procuraduría General de la República y los tribunales administrativos federales, se sujetarán a lo que<br />

establecen estas disposiciones y el manual, en lo que no se opongan a sus leyes específicas.<br />

No resultarán aplicables estas disposiciones y los procedimientos correspondientes del manual a las<br />

instituciones de seguridad pública y a las encargadas de la seguridad nacional en aquellos aspectos que se<br />

encuentren regulados de manera particular en sus ordenamientos de carácter interno, de conformidad con la<br />

legislación específica aplicable.<br />

2. Para los efectos del presente Acuerdo, se entiende por:<br />

I. Acuerdo: el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de <strong>Recursos</strong> <strong>Materiales</strong><br />

y Servicios Generales;<br />

II. Acuerdo de destino: el Acuerdo Administrativo a que se refiere el artículo 61 de la Ley General de<br />

Bienes Nacionales;<br />

III. Adaptaciones: las modificaciones a los espacios, acabados e instalaciones que sin alterar las<br />

características esenciales del inmueble, son necesarias para la prestación de los servicios,<br />

atendiendo a las necesidades específicas de cada una de las dependencias;<br />

IV. Area de recursos materiales y servicios generales: la unidad administrativa encargada de la<br />

administración y distribución de bienes, insumos y servicios, así como del manejo de almacenes a<br />

nivel general en las dependencias o entidades;<br />

V. Area solicitante o usuaria: las áreas que de acuerdo con sus necesidades requieren la<br />

adquisición, contratación de bienes, arrendamientos y/o prestación de servicios en las<br />

dependencias y entidades, para el cumplimiento de sus funciones;<br />

VI. CABM: el Catálogo de Bienes Muebles que expide la Secretaría de la Función Pública y que se<br />

utiliza para identificar y clasificar los bienes por grupo genérico y especie;<br />

VII. Comité: el Comité de Bienes Muebles en las dependencias;<br />

VIII. Dependencia (s): las secretarías de Estado, incluyendo a sus órganos administrativos<br />

desconcentrados y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, así como las unidades<br />

administrativas de la Presidencia de la República, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la<br />

Administración Pública Federal. La Procuraduría General de la República y los tribunales<br />

administrativos serán considerados con este carácter en lo que las presentes disposiciones y el<br />

manual le resulten aplicables conforme a lo previsto en su legislación específica;<br />

IX. Dirección General: la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de<br />

Administración y Avalúos de Bienes Nacionales;<br />

X. Disposiciones: las presentes Disposiciones en Materia de <strong>Recursos</strong> <strong>Materiales</strong> y Servicios<br />

Generales;

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