Recursos Materiales. - Seneam
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Viernes 16 de julio de 2010 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5<br />
CAPITULO III<br />
USO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES<br />
9. Los sistemas informáticos existentes y los que se desarrollen para sistematizar los procedimientos de<br />
trabajo a que se refieren las presentes Disposiciones y el Manual deberán asegurar la interoperabilidad con<br />
otras aplicaciones de tecnologías de la información y comunicaciones.<br />
10. Las Dependencias y Entidades deberán promover y, en su caso, continuar con el uso de los sistemas<br />
electrónicos para llevar a cabo la tramitación de solicitudes, autorizaciones, aceptación de servicios, y, en<br />
general, la automatización de los procesos a efecto de sustituir formatos impresos y sellos, entre otros.<br />
11. Las Dependencias y Entidades deberán propiciar la sistematización, ejecución, control y supervisión<br />
de los procedimientos que establecen las Disposiciones y el Manual, mediante la adopción de soluciones de<br />
tecnologías de la información y comunicaciones.<br />
12. En la adopción de tecnologías de la información y comunicaciones se deberá observar lo dispuesto en<br />
las disposiciones en la materia, y propiciar un mejor aprovechamiento de los recursos públicos, para la<br />
adecuada administración de la información y garantizar la rendición de cuentas.<br />
TITULO SEGUNDO<br />
REGULACION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
CAPITULO I<br />
PLANEACION<br />
13. Los titulares de las áreas de recursos materiales y servicios generales, serán responsables de<br />
elaborar, coordinar y supervisar la integración del Programa Anual de <strong>Recursos</strong> <strong>Materiales</strong> y Servicios<br />
Generales, el cual deberá sujetarse a las disposiciones establecidas en el Programa Nacional de Reducción<br />
de Gasto Público, y contemplar como mínimo los programas siguientes:<br />
I. Uso, Conservación, Mantenimiento y Aprovechamiento de Inmuebles;<br />
II. Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Mobiliario y Equipo;<br />
III. Aseguramiento Integral;<br />
IV. Disposición Final y Baja de Bienes Muebles;<br />
V. Asignación, Servicio y Mantenimiento de Parque Vehicular;<br />
VI. Servicios Generales, y<br />
14. Para la elaboración de los citados programas se seguirá el “Procedimiento de Integración del<br />
Programa Anual de <strong>Recursos</strong> <strong>Materiales</strong> y Servicios Generales”, previsto en el Manual. Para tales efectos, los<br />
titulares de las áreas de recursos materiales y servicios generales deberán analizar los elementos siguientes:<br />
I. Requerimientos de bienes y servicios de las distintas unidades administrativas de la Dependencia o<br />
Entidad;<br />
II. Funcionalidad y eficiencia de los espacios físicos, parque vehicular, mobiliario y equipo; servicios<br />
generales, almacenes y protección civil;<br />
III. Estadísticas con que cuente la Dependencia o Entidad en la materia;<br />
IV. Impacto en economías, resultados y cumplimiento de objetivos, y<br />
V. Riesgos previsibles.<br />
Con base en el análisis de los anteriores elementos, las áreas de recursos materiales y servicios<br />
generales emitirán un diagnóstico, en el que se sustentará el proyecto del Programa Anual de <strong>Recursos</strong><br />
<strong>Materiales</strong> y Servicios Generales, mismo que contemplará las necesidades de bienes y servicios de las<br />
diversas unidades administrativas de la Dependencia o Entidad de que se trate.<br />
Los bienes y servicios con que cuenten las Dependencias o Entidades constarán en una relación interna.<br />
El titular del área de recursos materiales y servicios generales proveerá su difusión continua, a través de los<br />
medios que se estimen pertinentes, privilegiando el uso de medios electrónicos, al interior de la Dependencia<br />
o Entidad, con el objeto de que los usuarios tengan conocimiento de la disponibilidad de los mismos, así como<br />
de los términos y condiciones establecidos para la asignación y uso de un bien o la prestación de un servicio<br />
necesario para el cumplimiento de sus funciones.