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15 Capítulo IV RECURSOS NATURALES ... - UN-Water

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anule el objetivo del presente proyecto de artículo. Por ejemplo, los Estados interesados<br />

deberían en principio abstenerse, previa solicitud, de realizar o permitir que se realice la<br />

actividad proyectada durante las consultas y negociaciones que deben ser amigablemente<br />

concluidas dentro de un lapso de tiempo razonable. Los Estados interesados deben actuar<br />

de buena fe.<br />

7) El procedimiento previsto en este proyecto de artículo se basa en el criterio de que la<br />

actividad proyectada puede causar un "efecto negativo sensible" a otro Estado. Este<br />

umbral del "efecto negativo sensible" tiene carácter contingente y anticipativo y es inferior<br />

al del "daño sensible" al que se refiere el proyecto de artículo 6.<br />

Parte <strong>IV</strong><br />

DISPOSICIONES D<strong>IV</strong>ERSAS<br />

Artículo 16<br />

Cooperación técnica con los Estados en desarrollo<br />

Los Estados, actuando directamente o por intermedio de las organizaciones<br />

internacionales competentes, promoverán la cooperación científica, educativa,<br />

técnica, jurídica y de otra clase con los Estados en desarrollo para la protección y<br />

gestión de los acuíferos o sistemas acuíferos transfronterizos, incluyendo, entre otros,<br />

los siguientes aspectos:<br />

a) Reforzar la creación de capacidad en las disciplinas científicas, técnicas<br />

y jurídicas;<br />

b) Facilitar su participación en los programas internacionales pertinentes;<br />

c) Proporcionarles el equipo y los servicios necesarios;<br />

d) Aumentar su capacidad para fabricar tal equipo;<br />

e) Brindar asesoramiento y desarrollar los medios materiales necesarios<br />

servicios para programas de investigación, vigilancia, educación y otros;<br />

f) Brindar asesoramiento y desarrollar los medios materiales necesarios<br />

para minimizar los efectos perjudiciales de las principales actividades que puedan<br />

afectar a sus acuíferos o sistemas acuíferos transfronterizos;<br />

g) Brindar asesoramiento para la preparación de evaluaciones de impacto<br />

ambiental;<br />

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