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Deuda y Empréstitos4. ConclusionesUno de los grandes avances atribuiblesa la publicación del Ley deAPP y las modificaciones a los ordenamientosprevistos en el Decretomencionado consiste en que ahora sedispone de procedimientos más expeditosy claros para la preparación, selección,licitación y asignación de losproyectos de inversión, así como paraotros procesos que son inherentes,como la adquisición y expropiación deinmuebles o bienes que son necesariospara la operación de los proyectos deinfraestructura y de servicios públicos.Sin embargo, como en todas lasreformas vanguardistas, siempre estápresente la preocupación por la preservacióndel interés público que debeestar por encima de todas las consideraciones.Por lo anterior, cobra relevancialo dispuesto por el Artículo 28de la Ley de APP:“El incumplimiento a las disposicionesde la presente Ley, por partede los servidores públicos, serásancionado por la Secretaría de laFunción Pública conforme a la LeyFederal de Responsabilidades Administrativasde los Servidores Públicos,y demás disposiciones queresulten aplicables.La Secretaría de la Función Públicavigilará los procesos de contrataciónmateria de esta ley, en los términosde las facultades que la Ley Orgánicade la Administración PúblicaFederal y su respectivo reglamentointerior le conceden. De la mismaforma, la Auditoria Superior de laFederación ejercerá sus atribucionesde auditoría y fiscalización en lostérminos que las disposiciones constitucionalesy legales lo señalan.”La Ley de APP proporciona unfuerte andamiaje jurídico que permitefinanciar obras y servicios públicos através de la participación de los particulares,a fin de acelerar la construcciónde carreteras, puertos, hospitales,centros de readaptación social, entreotros. La acción complementaria delos recursos privados permitirá destinarmás recursos públicos a programasde alto impacto social.Desde luego, se aclara que los esquemasprevistos en la Ley de APP sonaplicables a aquellas actividades cuya legislaciónespecífica prevea que puedenotorgarse permisos, autorizaciones o concesionesal sector privado para la prestaciónde los servicios correspondientes.Por ejemplo, esta Ley no es aplicable paralas actividades sustantivas de carácterproductivo en el ramo del petróleo.Finalmente, el entorno económicoactual luce complicado para las principaleseconomías del mundo, entre lasque se encuentra México, debido principalmentea los problemas fiscales y de ladeuda pública de países de la Unión Europeay los Estados Unidos. Por lo tanto,el nuevo marco jurídico para detonarproyectos públicos con el apoyo del capitalprivado, se traducirá en la generaciónde empleos y crecimiento económicodel país, y ayudará a mitigar los efectosnegativos de la situación internacional.César Bojórquez León, es Maestro en Economía porel Centro de Investigación y Docencia Económica; yactualmente se desempeña como Jefe del Programade Deuda Pública y Finanzas en el INDETEC.cbojorquezl@indetec.gob.mx113No. 174 • Enero-Febrero de 2012 FEDERALISMO HACENDARIO

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