Coordinación y Participaciones“ En septiembre de 2011, se liquidarontotalmente los créditos bancarios de laestructura de potenciación del FEIEFllevada a cabo en 2009”tos de crédito), pagos de intereses trimestrales,sin comisión por apertura ysin comisión por pago anticipado. 6Por tal razón, en el párrafo vigésimodel artículo 1° de la LIF 2010,con el objetivo de apoyar las descritasoperaciones que las entidades federativasimplementaron para fortalecersu capacidad financiera ante la disminuciónde las participaciones federales,se propuso que los recursos quedurante 2010 se destinen al FEIEF(25% de “ingresos excedentes netos”2010 más recaudación del DerechoExtraordinario sobre Exportación dePetróleo Crudo), pudieran utilizarsepara cubrir las obligaciones derivadasde los esquemas de potenciación delos recursos que, con cargo a dichofondo, hayan recibido las entidadesfederativas.Asimismo, en el párrafo décimooctavo del artículo 1° de la LIF 2011, semantuvo la posibilidad de emplear losrecursos que ingresaran al FEIEF, paracubrir las obligaciones pecuniarias6 FitchRatings; Comunicado “Fitch Ratingscalifica en AAA(mex) los créditos bancariosasociados a la estructura para potenciar elFEIEF”. Monterrey, N.L. Septiembre 15, 2009.derivadas de la implementación delesquema de potenciación de recursosde dicho fondo realizado durante 2009a fin de mitigar la disminución en lasparticipaciones federales.Cabe mencionar que según Comunicadode Fitch Ratings con fechadel 12 de septiembre 2011, en el citadomes se liquidaron totalmente loscréditos bancarios de la estructura depotenciación del FEIEF llevada a caboen 2009.Con esta operación, que tuvocomo objetivo aminorar la fuerte caídaregistrada en las participacionesfederales de 2009, como se dijo, principalingreso ordinario de libre ejerciciode los gobiernos de las entidadesfederativas; se logró que en dicho año,que las participaciones federales cayeron14.3% en términos reales respectoa lo registrado en 2008, considerandolos recursos del FEIEF ordinarios ypor la potenciación, la reducción fuerade 5.6%; lo que se tradujo en granbeneficio para los entidades federativasy municipios, ya que los recursosrecibidos les apoyaron a enfrentar laspresiones ejercidas por los desequilibriospresupuestales.79No. 174 • Enero-Febrero de 2012 FEDERALISMO HACENDARIO
80Por los resultados obtenidos deesta exitosa experiencia, aunque lasexpectativas económicas percibidas ensu momento del Paquete Económico2012, auguran para ese año cierta recuperacióneconómica después de lacrisis internacional que inició a finalesdel 2008, bajo el reconocimiento de queexisten factores de riesgo para el iniciode una nueva crisis internacional, derivadoprincipalmente del insuficientecrecimiento de Estados Unidos y lacontracción económica en Europa quepodría llevarla a la recesión, 7 así comolos problemas financieros que enfrentala zona euro que llevaron a la recientedegradación de la calificación de ladeuda soberana de 9 países (Austria,Chipre, Francia, Italia, Malta, Portugal,Eslovaquia Eslovenia y España) efectuadapor Standard & Poor´s, 8 hechosque están provocando un clima de incertidumbre.A sugerencia de los titularesde los órganos hacendarios de lasentidades federativas, tanto el Ejecutivocomo el Legislativo, consideraron convenientela posibilidad de repetir el esquemade la potenciación de los recursosdel FEIEF si llegase a ser necesario.Por lo anterior, en el párrafo décimonoveno del artículo 1° de la LIF 2012, seestableció que los recursos que duranteel ejercicio fiscal de 2012 se destinen alFondo de Estabilización de los Ingresosde las Entidades Federativas en términosde las disposiciones aplicables, podránutilizarse para cubrir las obligacionesderivadas de los esquemas que, a fin de7 El Financiero; “Crisis económica podría llevar aEuropa a una recesión: Gurría”. México, martes17 de enero del 2012.8 El Financiero; “Golpe de S&P a la zona euro”.México, lunes 16 de enero del 2012.mitigar la disminución en participacionesfederales del ejercicio fiscal de 2012,se instrumenten para potenciar los recursosque, con cargo a dicho fondo, recibenlas entidades federativas.ConclusionesMediante las disposiciones contenidasen la Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal 2012 que afectan alos Fondos de Estabilización a los que serefiere el artículo 19, fracción IV, de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, en específico, referentesa la modificación del destino del Derechosobre Hidrocarburos para el Fondo deEstabilización, la suspensión de los límitesmáximos de las reservas de los Fondosde Estabilización, y la posibilidad de potenciarlos recursos del Fondo de Estabilizaciónde los Ingresos de las EntidadesFederativas (FEIEF); tanto el gobierno Federalcomo los de las entidades federativasestán tomando prevenciones que posibiliten,de ser el caso, tratar de mantenerel equilibrio presupuestario ante la caídade la recaudación como consecuencia delimpacto que la posible recesión económicade otros países pudiera tener para México.De llegar a ser necesario, éstos seránmecanismos que contribuyan a tales propósitos,por lo que en los tres ámbitos degobierno habremos de diseñar los instrumentoscomplementarios que coadyuvena la estabilidad financiera del sector públicoy la reactivación económica.Ramón Castañeda Ortega es Economista y Maestroen Administración por la Universidad de Guadalajara;cursó el Doctorado en Economía Pública, en laUniversidad de Barcelona; y actualmente se desempeñacomo Director de Coordinación Hacendaria enel INDETEC. rcastanedao@ indetec.gob.mxFEDERALISMO HACENDARIO No. 174 • Enero-Febrero de 2012
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