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Inversiones e Ingenieros Orientales Ltda. Vs. Propal S.A.

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Noveno, con la objeción por error grave contra los<br />

dictámenes de los peritos financiero y experto en<br />

movimiento de materia prima, en los que presentó como<br />

prueba un dictamen de un perito que previamente se había<br />

declarado impedido para ser auxiliar del Tribunal, por<br />

relación de parentesco con el Presidente de esa sociedad.<br />

Perito que además tiene como “aliada estratégica” a una de<br />

las hermanas del mismo funcionario. Objeción que fue<br />

despachada desfavorablemente en este mismo Laudo.<br />

Décimo, con el conocimiento que PROPAL tenía de la<br />

situación económica de INOR, por cuanto los flujos de caja<br />

de la relación contractual fueron siempre negativos, y<br />

justificar la terminación del contrato como una decisión para<br />

que INOR no siguiera teniendo perdidas. Situación en virtud<br />

de la cual, de acuerdo al Presidente de PROPAL, se le<br />

había hecho un favor a INOR al darle por terminado el<br />

contrato. Al respecto, dijo textualmente dicho funcionario:<br />

... ellos digamos desde el principio prácticamente<br />

dijeron que es que ellos tenían pérdidas, que hay como<br />

cinco cartas digamos donde dicen, no es que nosotros<br />

venmos teniendo pérdidas en este contrato; entre otras<br />

cosas, yo si fuera INOR estaría muy contento de que<br />

me hubieran cancelado el contrato porque dejo de<br />

perder plata. O sea uno no entiende pues porqué están<br />

yendo detrás de perjuicios en esto. …<br />

Undécimo, con la excepción que propuso contra la demanda<br />

de INOR, señalando una cuantía de perjuicios a cargo de<br />

éste, por diez mil millones de pesos, que no sustenta ni<br />

prueba en ese memorial, ni en la demanda de reconvención,<br />

ni en ningún otro, ni en ninguna parte del proceso.<br />

En conclusión, por todo lo dicho y además por las<br />

circunstancias que rodearon el negocio en todas sus etapas,<br />

brotan espontáneamente actos indiciarios que contradicen la<br />

buena fe contractual en muchos de los actos ejecutados por<br />

PROPAL.

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