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Inversiones e Ingenieros Orientales Ltda. Vs. Propal S.A.

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Se presentó abundante prueba documentaria, tanto en los<br />

memoriales de las partes como en las diferentes audiencias,<br />

todo dentro de las limitaciones de tiempo, modo y lugar<br />

establecidas en la ley, habiéndose pronunciado el Tribunal<br />

sobre su incorporación o no al expediente, previo traslado a<br />

las partes, de cada uno de los documentos allegados al<br />

proceso. Todos y cada uno de los documentos han sido<br />

estudiados y analizados por el Tribunal, dándoles el valor<br />

probatorio que a cada uno corresponde, con el fin de dictar el<br />

presente Laudo Arbitral. Dentro de la abundante prueba<br />

documentaria, el tribunal destaca las siguientes, a las cuales<br />

se alude a lo largo del presente Laudo Arbitral: pliego de<br />

condiciones para la licitación, No. CN-05-622 C-99, abierta el<br />

15 de Julio de 1.999 y con cierre el 31 de Agosto de ese<br />

mismo año; contrato de fecha 16 de agosto de 2000, titulado<br />

“Contrato de prestación de servicios de outsourcing de<br />

manejo, recibo, movilización, cargue, y descargue de<br />

materias primas básicas, lodos, cenizas y otros, cargadores”,<br />

“No 127-00 PROPAL-INOR”, y todos sus anexos,<br />

especialmente el que contiene el contrato de arrendamiento<br />

de maquinaria y equipos (Anexo No. 12); otrosí, autenticado<br />

por las partes el 30 y el 31 de Enero de 2.002, referente al<br />

contrato de outsorcing de servicios; oficio de fecha 6 de<br />

Septiembre de 2.002, en la cual PROPAL le comunica a<br />

INOR la terminación del contrato; comunicaciones cruzadas<br />

entre las partes antes de la terminación del contrato,<br />

referentes al cumplimiento y desarrollo del mismo; actas de<br />

reuniones y bitácoras sobre el desarrollo del contrato; cartas<br />

cruzadas entre las partes, a raíz de la terminación del<br />

contrato y, en general, documentos presentados con las<br />

demandas y sus contestaciones y los presentados por<br />

algunos declarantes y testigos.<br />

Sobre las pruebas documentales, debe referirse el tribunal en<br />

forma expresa a las que se presentaron por el testigo<br />

Diógenes Lasso Moncaleano, en la audiencia del 16 de Junio<br />

de 2.004 (folios 65-100 del cuaderno No. 8), y a las cuales se

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