09.07.2015 Views

7FcnRLb0X

7FcnRLb0X

7FcnRLb0X

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

N O V A I U S T I T I AREVISTA DIGITAL DE LA REFORMA PENALel juzgado debe de tomar enconsideración el grado decognoscitivo de la persona, así comola edad, para establecer conaproximación lo que pudo conocer ono el individuo del suceso queexpone, atendiendo bajo el principiode inmediatez el juez no solo ellenguaje hablado, sino las expresionescorporales y el comportamiento quetenga la persona, una vez analizadoello, con apoyo en su intuiciónrelacionado a las máximas de suexperiencia podrá determinar lapostura del individuo respecto alhecho por el cual depone.En las leyes de la psicologíaconsiderada como ciencia empíricadel pensamiento, el juez tiene el deberde aplicarlas en la valoración de laspruebas. No es necesario que indiquecuál sea el procedimiento psicológicoque emplee; pero debe aplicar unprocedimiento de ese tipo: Si el juezafirmara, por ejemplo, que cree más aun testigo que a otro por ser unorubio y otro moreno, incurriría en unavaloración arbitraria de la fuente deconvencimiento, desconociendo lapsicología.Derivado de lo anterior,podemos señalar también que lasmáximas de experiencia, es expresarrazonablemente lo decidido, alestudiar un hecho, un dato o unelemento probatorio bajo el sentidocomún de nuestro medio social, aefecto de poder determinar unadecisión razonable y evitar unaarbitrariedad, con el fin de concluircon base en inferencias y cadenas desilogismos, lo que se traduceasimismo en el uso de la lógica.STEIN, destaca que son ‚juiciosf{cticos‛ que descansan en laexperiencia humana, y lo ejemplificacuando dice que los efectos mortalesde un disparo en el corazón, lanaturaleza contagiosa de algunasenfermedades, los síntomashabituales en el campo de la vidaanímica del hombre que nos revela lapsicología y que nosotros empleamospara el descubrimiento de laculpabilidad en acciones puniblesconstituyen premisas mayores paralos concretos hechos particulares;agrega este tratadista que el dominiode tales experiencias es lo quedistingue al juez experimentado delnovicio, que pudiera ser tan buenjurista como el otro, pero nunca tanpráctico 10 .Con base en lo anterior, y con loexpresado en la jurisprudenciaemitida por reiteración por losTribunales Colegiados de Circuito, alanalizar la prueba directa e indirecta,establecen que: Una prueba esindirecta cuando de la demostraciónde la existencia de un hechosecundario (hecho probado) seaposible extraer inferencias quefundamenten la hipótesis del hechoprincipal (hecho por probar o10STEIN, Friedrich, El conocimientoprivado del juez, Editorial Temis, segundaedición, Santa Fe de Bogotá, Colombia1999, p. 22.PÁGINA 122 DE 322

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!