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AÑO III • NÚMERO 11 •MAYO 2015debe responder por sus accionesu omisiones.b) Restauración de la víctima, encuanto a los derechos que lehayan sido vulnerados por laacción delictiva, así como lanecesidad de que se le repare eldaño ocasionado. Requiereabandonar su posición dedañado, así como toda lasociedad.c) Reintegración del infractor, quiennecesita restablecer los vínculoscon la sociedad, que a su vez,necesita del buen desempeño detodos sus integrantes para sucorrecto funcionamiento.El nuevo sistema trae aparejadosdiversos beneficios en materia dejusticia restaurativa, siendo así que elmismo Código Nacional deProcedimientos Penales contemplaalgunos, conocidos como MecanismoAlternos de Solución deControversias y Salidas Alternas delproceso, los cuales han sidointegrados a la Procuraduría Generalde Justicia del Distrito Federal, con lafinalidad de resolver gran parte de losasuntos competencia de la misma, sinnecesidad de llegar a un juicio.Los Mecanismos Alternos deSolución de Controversias segúnFernando ESTAVILLO 5 , son una «gama5ESTAVILLO CASTRO, Fernando,«Medios Alternativos de Solución deControversias», Enciclopedia Jurídica, TomoV, M-P, 2ª Edición, Porrúa-UNAM,México 2004, p.66.de procedimientos que sirven comoalternativas a los procedimientosadjudicatarios de litigio y arbitrajepara la solución de controversias, quepor lo general aunque nonecesariamente, involucran laintercesión y asistencia de un terceroneutral que ayuda a facilitar dichasolución».En materia penal tiene comoobjeto propiciar, a través del diálogola solución de las controversias quesurjan entre miembros de la sociedadcon motivo de la denuncia o querellareferidos a un hecho delictivo,mediante procedimientos basados enla oralidad, la economía procesal y laconfidencialidad.La Ley Nacional de MecanismosAlternativos de Solución deControversias en Materia Penal, regulade manera particular lo siguiente:a) Mediación, definida como elmecanismo voluntario medianteel cual los intervinientes, en libreejercicio de su autonomía, buscan,construyen y proponen opcionesde solución a la controversia, conel fin de alcanzar la solución deésta.b) Conciliación, mecanismovoluntario mediante el cual losintervinientes, en libre ejercicio desu autonomía, proponen opcionesde solución a la controversia enque se encuentran involucrados,así como la solución total oparcial de la misma, a diferenciade la mediación, en la conciliaciónPÁGINA 187 DE 322

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