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N O V A I U S T I T I AREVISTA DIGITAL DE LA REFORMA PENALPrincipio de interpretación de lanorma más favorable a la personahumanaDe conformidad con el artículo29.b) de la Convención, si algunaley del Estado Parte u otro tratadointernacional del cual sea Partedicho Estado otorga una mayorprotección o regula con mayoramplitud el goce y ejercicio dealgún derecho o libertad, éstedeberá aplicar la norma másfavorable para la tutela de losderechos humanos. Es precisorecordar que la Corte en diversasocasiones ha aplicado el principiode la norma más favorable parainterpretar la ConvenciónAmericana, de manera que siemprese elija la alternativa más favorablepara la tutela de los derechosprotegidos por dicho tratado.Según lo ha establecido esteTribunal, si a una situación sonaplicables dos normas distintas,‚debe prevalecer la norma m{sfavorable a la persona humana‛(Caso Ricardo Canese vs.Paraguay. Fondo, Reparaciones yCostas. Sentencia de 31 de agostode 2004. Serie C, 111.Como lo señalé en laintroducción del presente artículo,éste tiene como único propósitorealizar un ejercicio didáctico deconfrontación y análisis del contenidodel Código Nacional de ProcedimientosPenales frente a las características deun sistema de corte acusatorio paraevidenciar posibles inconsistencias,contradicciones y en su caso posiblesviolaciones a los Derechos Humanos.Dejo esas aquí iniciadas para que lacomunidad jurídica sea quien llegue alas conclusiones correctas.Fuentes consultadasSentenciasCaso Chaparro Álvarez y LapoÍñiguez vs. Ecuador.Excepciones Preliminares,Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 21 de noviembrede 2007. Serie C No. 170.Caso Acosta Calderón vs. Ecuador.Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 24 de junio de2005. Serie C No. 129.Caso Ricardo Canese vs. Paraguay.Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 31 de agosto de2004. Serie C No. 111.Caso Cantoral Benavides vs. Perú.Fondo. Sentencia de 18 deagosto de 2000. Serie C No. 69.Caso Suárez Rosero vs. Ecuador.Fondo. Sentencia de 12 denoviembre de 1997. Serie C No.35.Caso Yatama vs. Nicaragua.Excepciones Preliminares,Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 23 de junio de2005. Serie C No. 127.Caso Servellón García y otros vs.Honduras. Fondo, Reparacionesy Costas. Sentencia de 21 deseptiembre de 2006. Serie C No.152.Caso Palamara Iribarne vs. Chile.Fondo, Reparaciones y Costas.PÁGINA 316 DE 322

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