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AÑO III • NÚMERO 11 •MAYO 2015Roberto Enrique CASTELLANOS BARROSO VII. Las personas morales como sujetos de responsabilidad penalCon motivo del decreto del 18 de junio de 2008, por el que se reformaron yadicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, en el que se declaró la incorporación del sistema procesal penalacusatorio al ordenamiento jurídico nacional, el 5 de marzo de 2014, se público enla segunda sección del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que seexpidió el Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las previsionesnovedosas de este Código Nacional, es que dispone un procedimiento parapersonas jurídicas.Las personas jurídicas o personas morales son ciertas entidades a las cuales elderecho considera como una sola de ellas, para que actúe como tal en la vidajurídica, precisadas en el artículo 25 del titulo segundo del Código Civil para elDistrito Federal, así como en el Código Civil Federal. Al respecto, podemos leer enla exposición de motivos lo siguiente: «Las personas jurídicas son vehículos através de los cuales, ya sea aprovechando su estructura, o actuando bajo su nombreo representación, se comenten delitos que normalmente causan un gran impacto enel sector económico, financiero, etcétera».Es por lo anterior, que el nuevo Código cuenta con un capítulo sobre elprocedimiento para personas jurídicas.Para el ejercicio de la acción penal en contra de una persona jurídica, el CódigoNacional de Procedimientos Penales en su artículo 421 establece lo conducente.Correlativamente y en íntima vinculación el 18 de diciembre de 2014, laAsamblea Legislativa del Distrito Federal, reformó y adicionó diversos artículos alCódigo Penal para esta capital, entre ellos, el artículo 27 del citado CódigoPunitivo, relativo a la responsabilidad penal en el seno de una persona moral ojurídica, que textualmente dispone:Artículo 27. (Responsabilidad penal en el seno de una persona moral o jurídica).Quien actúe:a).- Como administrador de hecho de una persona moral o jurídica;Licenciatura en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México(UNAM); Diplomado en Juicio de Amparo en Materia Penal por el Instituto de CienciasJurídicas de Abogados Egresados de la ENEP Aragón A. C. En el Tribunal Superior deJusticia del Distrito Federal (TSJDF), se ha desempeñado como Secretario Proyectista de laSegunda Sala Penal y Juez Décimo Quinto de lo Penal. Actualmente es Juez TrigésimoSéptimo Penal del Sistema Procesal Acusatorio del TSJDF.PÁGINA 229 DE 322

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