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N O V A I U S T I T I AREVISTA DIGITAL DE LA REFORMA PENALla investigación, procesamiento ysanción de los hechos constitutivosde delito, para esclarecerlos, protegeral inocente, procurar que el culpableno quede impune y que se repare eldaño 7 . Para la materialización deestas hipótesis, resultaría necesaria lareconfiguración de las líneas deacción trazadas para la instauracióndel nuevo modelo de justicia; ello encumplimiento al segundo párrafo delartículo Segundo Transitorio delCNPP, el cual señala:En el caso de las Entidadesfederativas y del Distrito Federal, elpresente Código entrará en vigor encada una de ellas en los términosque establezca la Declaratoria que alefecto emita el órgano legislativocorrespondiente, previa solicitud dela autoridad encargada de laimplementación del Sistema de7En términos del artículosegundo del CNPP, este ordenamientotiene por objeto: «establecer las normasque han de observarse en lainvestigación, el procesamiento y lasanción de los delitos, para esclarecer loshechos, proteger al inocente, procurarque el culpable no quede impune y quese repare el daño, y así contribuir aasegurar el acceso a la justicia en laaplicación del derecho y resolver elconflicto que surja con motivo de lacomisión del delito, en un marco derespeto a los derechos humanosreconocidos en la Constitución y en losTratados Internacionales de los que elEstado mexicano sea parte.»Justicia Penal Acusatorio en cadauna de ellas 8 .“El surgimiento de unordenamiento procedimental deobservancia general en toda laRepública Mexicana, en el que searmonizaran las basesconstitucionales en torno alsistema acusatorio, fue unainiciativa del Ejecutivo Federal,cuyo proceso de elaboraciónrecayó en la esfera competencialdel H. Congreso de la Unión.Esta necesidad surgió del hechode que los lineamientos que elconstituyente previó para laimplementación del nuevo modelode justicia, fueron rebasadas porvirtud de los múltiples criteriosque se generaron en torno a losobjetivos y finalidades de lareforma propiciando, enconsecuencia, una regulaciónambigua en las entidadesfederativas que la llegaron aponer en vigor.”8Cfr. Código Nacional deProcedimientos Penales, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 05 demarzo de 2014.PÁGINA 48 DE 322

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