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23 reunion 2 extraordinaria periodo 94 29-1-10 - Honorable ...

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1287<strong>23</strong>ª Reunión CONCEJO DELIBERANTE <strong>29</strong>/01/<strong>10</strong>Nº DE REGISTRO : O-13.891NOTA H.C.D. Nº : 650 LETRA NP AÑO 2009ORDENANZAArtículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 254, sancionado el 3 de diciembre de 2009 por la Presidencia del <strong>Honorable</strong> ConcejoDeliberante, mediante el cual se autorizó a los señores Aníbal Urbano y José Luis Siddi al uso de la vía pública y el corte deltránsito los días 5 y 6 de diciembre de 2009, para el desarrollo de la “Maratón Deportiva Cultural” que, en el marco de la“Marcha Mundial por la Paz y la No Violencia”, se realizó en inmediaciones de la Plaza España.Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-- Sumario 47 -FECHA DE SANCIÓN: <strong>29</strong> de enero de 20<strong>10</strong>Nº DE REGISTRO : O-13.892EXPEDIENTE Nº : <strong>10</strong>07 LETRA D AÑO 20<strong>10</strong>ORDENANZAArtículo 1º.- Autorízase a la firma UNITEK S.A. a ampliar la superficie de la unidad de uso y a afectar con la actividad“Fabricación y Comercialización de Máquinas y Aparatos para Tratamiento de Agua y Aire”, el inmueble sito en la calleGuanahani nº 7652, República de Cuba nº <strong>10</strong>34, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección K, Manzana117, Parcelas 4, 14 y 20 de la ciudad de Mar del Plata.Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo anterior se otorga condicionado a:a) Presentar con carácter previo a la habilitación, plano de construcción aprobado o visado por la Dirección de ObrasPrivadas.b) Acatar las disposiciones de la Ley Provincial nº 11.720 y su Decreto Reglamentario nº 806/97, inherentes a los usosde suelo que producen Residuos Especiales.c) Delimitar dentro del inmueble y de modo de no afectar el tránsito en la vía pública, 150 m2 de superficiedestinados a la carga y descarga de mercaderías y 1<strong>10</strong> m2 reservados a la guarda y estacionamiento de vehículos,según lo establecen los artículos 5.5.1.7/2b y 5.5.2.6 del Código de Ordenamiento Territorial (C.O.T.),respectivamente.d) Cumplimentar la protección contra incendios, según lo establecen los artículos 3.17 y subsiguientes del ReglamentoGeneral de Construcciones (R.G.C.).e) Cualquier denuncia de vecinos verificable en su grado de molestia y/o la falta de adecuación a lo precedentementedescripto, dejará sin efecto la presente autorización.Artículo 3º.- Cumplimentar lo establecido en la Ordenanza nº 9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto aforestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a lahabilitación.Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso deexistir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta latotal cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente ante el DepartamentoUso de Suelo y Morfología Urbana y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuadoadministrativo.Artículo 5º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificadopor el Decreto nº 2269/99.Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-- Sumario 48 -FECHA DE SANCIÓN: <strong>29</strong> de enero de 20<strong>10</strong>Nº DE REGISTRO : O-13.893EXPEDIENTE Nº : <strong>10</strong>15 LETRA D AÑO 20<strong>10</strong>ORDENANZAArtículo 1º.- Autorízase al Remar Argentina, a utilizar un sector del espacio público existente en la Plaza BernardinoRivadavia, ubicada en la calle Rodríguez Peña entre México y Perú, los días 5, 6 y 7 de febrero de 20<strong>10</strong>, desde las 20:00hasta las 21:30 horas, en el marco de la campaña de prevención y lucha contra la droga.

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