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23 reunion 2 extraordinaria periodo 94 29-1-10 - Honorable ...

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1148<strong>23</strong>ª Reunión CONCEJO DELIBERANTE <strong>29</strong>/01/<strong>10</strong>Sr. Presidente: Concejal Bonifatti.SUSTITUYENDO ARTÍCULOS DE LAORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE(expte. 2254-D-09)Sr. Bonifatti: Como es de uso y costumbre voy a proponer que además de poner en tratamiento el expediente 2253-D-09,también tratemos en forma conjunta el expediente 2254-D-09, que es la Ordenanza Impositiva, además del 2253-D-09 que esla Ordenanza Fiscal.Sr. Presidente: Si están de acuerdo ponemos en consideración ambos expedientes: aprobado.Sr. Bonifatti: Señor Presidente, todos los años llega el momento en el que el Concejo Deliberante tiene en tratamiento laOrdenanza Fiscal y la Ordenanza Impositiva y todos los años hay que cumplir con la Ley Orgánica de sancionar primero unaOrdenanza Preparatoria y luego confirmar estas Ordenanzas Fiscal e Impositiva en una Asamblea de Concejales y MayoresContribuyentes en el plazo que prescribe la Ley Orgánica de las Municipalidades. También es uso y costumbre en esteConcejo Deliberante que el debate profundo, que incluye al Presupuesto para el ejercicio, se dé en esta segunda instancia. Sinembargo, siempre corresponde hacer una breve presentación de expedientes de tamaña importancia para dejar fijadasposiciones respecto del mismo, dando un debate con mayor profundidad en el momento de aprobar el Presupuesto de laAdministración Central y el Presupuesto de los entes descentralizados. Estas Ordenanzas Fiscal e Impositiva tiene algunasnovedades y algunas modificaciones que creemos que son muy importantes. Estas Ordenanzas le requiere a los marplatensesy a los bataneases una vez más un esfuerzo fiscal para mantener los números del Municipio con equilibrio. Ese esfuerzofiscal está asignado entre el 19% y el 21% según la valuación fiscal de los inmuebles, ya sea que sean menores a $ 45.000.-,esto corresponde al 19% y los mayores a $ 45.000.- de valuación es el 21%. De más está decir que este primer rango de losmenores de $ 45.000.- integran cerca del 75% del total de las cuentas de la tasa de Servicios Urbanos. También estaOrdenanza Fiscal, esta Ordenanza Impositiva, traen la creación del Fondo de Promoción Turística, un fondo impulsado por elDirectorio del Ente Municipal de Turismo, fondo que además va a tener la posibilidad de la toma de decisiones y del manejode este fondo este mismo Directorio, fondo que va a generar en el área de promoción turística más de $ 8.000.000.- sumadosa lo que actualmente tiene destinados a este fin, con lo cual estaremos cerca de los $ 13.000.000.- destinados a la promociónturística del Partido de General Pueyrredon. Reitero, a solicitud de las cámaras empresarias que integran el Directorio delEnte. También esta Fiscal e Impositiva tiene como novedad la creación de la Tasa de Control y Patentamiento demotovehículos. Se da una situación en el Partido de General Pueyrredon muy injusta respecto de los Partidos vecinos y quegeneraba la no posibilidad de tener un fondo concreto destinado a Tránsito, a Transporte, destinado al control de estosvehículos. Los Municipios vecinos al Partido de General Pueyrredon tienen esta tasa ya prevista, en este caso se ha tomadouna decisión de gravar las motos de cilindradas altas y además dejar justamente excluido todas las motos que nosotrossabemos que se utilizan claramente para trabajar o para las personas de bajos recursos que la utilizan para trasladarse. Porúltimo, estas Ordenanzas Fiscal e Impositiva trae como un capítulo nuevo y para que tenga carácter permanente, la creaciónde un título que es para la promoción y fomento a las inversiones inmobiliarias y nuevas construcciones dentro del Partido deGeneral Pueyrredon. Este fomento, esta promoción que se realiza cuenta con exenciones en algunos casos del 50% de lastasas y en otros casos del <strong>10</strong>0% de las tasas, hasta tanto estas propiedades ingresen de alguna manera al mercado, como lohacen los vehículos que no pagan tasas, no pagan patentes hasta tanto no pertenecen a un propietario en particular que locircula y que genera el derecho al cobro de las mismas. Estas Ordenanzas Fiscal e Impositiva, que integran en un todo a laOrdenanza de Presupuesto del año 20<strong>10</strong>, tiene que ser tomadas, tiene que ser vistas, tienen que ser miradas justamente con loque estos recursos que provienen de la misma pueden llegar a realizar en el ejercicio 20<strong>10</strong>. Es así que brevemente voy amencionar más de $ 370.000.000.- en obra pública. Voy a mencionar algunos aumentos en las áreas más sensibles, como esDesarrollo Social, como es Cultura, como es Salud y creo que también hay que contextualizar estas Ordenanzas Fiscal eImpositiva, luego de un Ejercicio 2009 con una gran crisis internacional, que tuvo menor impacto en la República Argentina,gracias a muchas de las medidas que ha tomado el gobierno nacional de estos fondos anticíclicos, que logramos que estacrisis no sea tan profunda. Estas Ordenanzas hay que mirarlas en el contexto de una inflación regida durante el año 2009, másla inflación que se prevé para el año 20<strong>10</strong>. Estas Ordenanzas también hay que verlas en el aumento de los mayores costos,que ha sufrido el Municipio de General Pueyrredon y sus insumos y también en los mayores servicios que este Municipioestá brindando con lo cual genera mayores costos. Quería que esto fuera una introducción, una fijación de posturas en undebate profundo de área por área y punto por punto, pero creo que nos va a dar la posibilidad en quince días de poder afrontareste debate. Nada más.Sr. Presidente: Tiene la palabra la concejal González.Sra. González: Aceptamos nosotros la convocatoria de debatir en profundidad dentro de quince días; lo que sí queremosdejar fundamentado es el voto negativo de esta bancada sobre las Ordenanzas Fiscal e Impositiva. Si bien vamos a dar eldebate en profundidad en quince días, nosotros queremos manifestar que nos parece que en líneas generales, las OrdenanzasFiscal e Impositiva son regresivas, que van convalidando el hábito del financiamiento de gastos corrientes con sobretasas. Yano solo teníamos la sobretasa de salud, sino que ahora generamos una sobretasa para la promoción turística en un verano queplantearle a un vecino que poco recibe del derrame de la actividad del turismo en la ciudad, que va a tener que contribuir conun <strong>10</strong>% más en Seguridad e Higiene, nos parece que es poco considerado. Nosotros entendemos que la Ordenanza Fiscalcomo está planteada deja de lado la posibilidad de revisar algunas exenciones, que son cuestiones más estructurales. Nos

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