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LEY GENERAL DE ADUANAS Y SU REGLAMENTO

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>ADUANAS</strong> Y <strong>SU</strong> <strong>REGLAMENTO</strong><br />

EDITORIAL DIGITAL - IMPRENTA NACIONAL<br />

COSTA RICA<br />

La Dirección de Gestión de Riesgo estará a cargo de un Director y contará con tres<br />

Departamentos:<br />

a) Departamento de Inteligencia Aduanera<br />

b) Departamento de Análisis de Riesgo<br />

c) Departamento de Planificación de la Fiscalización.<br />

La Dirección de Gestión de Riesgo podrá solicitar a la Dirección General de<br />

Aduanas la definición de áreas funcionales necesarias para el mejor cumplimiento de<br />

sus competencias.<br />

(Así reformado por el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 34475 de 4 de abril de 2008).<br />

Artículo 14 bis.—Funciones de la Dirección de Gestión de Riesgo. Le corresponde<br />

a esta Dirección ejecutar las siguientes funciones:<br />

a) Planificar los procesos de la administración de riesgos con sus departamentos, para<br />

su posterior coordinación con la Dirección General.<br />

b) Analizar y evaluar la distribución de tareas relacionadas con la gestión integral de<br />

riesgo, determinando y regulando la mejor forma de administrarlas.<br />

c) Planificar el modo de operación y ejecución de los procedimientos necesarios para<br />

completar las fases del proceso de gestión de riesgo y de la elaboración del Plan<br />

Anual de Fiscalización, incluyendo el análisis de los controles que se establezcan y<br />

los resultados de su aplicación.<br />

d) Impulsar el desarrollo y adopción de instrumentos, herramientas, métodos, modelos,<br />

procedimientos y sistemas de información orientados a la gestión analítica y operativa<br />

de la administración del riesgo aduanero.<br />

e) Definir políticas y directrices para la identificación de sectores sensibles de riesgo<br />

aduanero, fiscal, económico o social, dentro del comercio nacional e internacional,<br />

con el objeto de que se orienten las investigaciones hacia aquellos que representan<br />

mayores amenazas a los objetivos institucionales.<br />

f) Identificar, analizar y valorar los riesgos aduaneros.<br />

g) Aprobar y emitir las estrategias, disposiciones o planes de acción para enfrentar,<br />

reducir, evitar, transferir o aceptar los riesgos, así como planes para la supervisión,<br />

evaluación y comunicación de resultados, preparados por los departamentos de la<br />

Dirección.<br />

h) Evaluar permanentemente el desempeño y eficacia de las fases del proceso de<br />

inteligencia aduanera, análisis de riesgo y de la planificación de la fiscalización<br />

contenida en el Plan Anual de Fiscalización.<br />

i) Recibir, asignar y dar seguimiento a las denuncias que sean del conocimiento del<br />

Servicio Nacional de Aduanas.<br />

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