03.03.2017 Views

LEY GENERAL DE ADUANAS Y SU REGLAMENTO

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>ADUANAS</strong> Y <strong>SU</strong> <strong>REGLAMENTO</strong><br />

EDITORIAL DIGITAL - IMPRENTA NACIONAL<br />

COSTA RICA<br />

Igualmente, será ejecutada la garantía cuando se demuestre que la empresa ha<br />

usado indebidamente o dado un fin distinto a la maquinaria, el equipo o las materias<br />

primas, sin perjuicio de las demás sanciones aplicables.<br />

Artículo 186.—Destino de los desperdicios, subproductos y muestras. Los<br />

desperdicios y subproductos deberán ser reexportados, importados definitivamente o<br />

donados al Estado.<br />

Las muestras, desperdicios y subproductos que no puedan ser retornados al<br />

extranjero o donados, deberán ser destruidos bajo supervisión de la autoridad aduanera.<br />

Los beneficiarios podrán donar bienes semi-elaborados, residuos, productos<br />

de segunda calidad, muestras, repuestos, accesorios y bienes de capital al órgano<br />

competente del Ministerio de Hacienda, que a su vez los podrá destinar a instituciones<br />

de beneficencia, centros de educación e instituciones del Estado.<br />

SECCIÓN II<br />

Régimen de exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo<br />

Artículo 187.—Régimen de exportación temporal para el perfeccionamiento<br />

pasivo. El régimen de exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo es el<br />

régimen aduanero por el cual se permite exportar, temporalmente, mercancías que se<br />

encuentren en libre circulación en el territorio aduanero nacional, para ser transformadas,<br />

elaboradas o reparadas en el extranjero para su reimportación, conforme con las<br />

disposiciones reglamentarias correspondientes.<br />

La Dirección General de Aduanas establecerá los procedimientos para asegurar el<br />

control y la verificación de las mercancías retornadas.<br />

Artículo 188.—Productos compensadores. Para los efectos de este régimen, se<br />

entiende por productos compensadores, las mercancías obtenidas en el extranjero a<br />

partir de las que se han enviado en exportación temporal para su perfeccionamiento<br />

pasivo.<br />

Artículo 189.—Base imponible. Para los efectos de la determinación de la obligación<br />

tributaria aduanera, la base imponible resultará de la diferencia entre el valor del producto<br />

compensador y el valor de las mercancías inicialmente exportadas y de la clasificación<br />

arancelaria de las mercancías.<br />

En caso de reparación de mercancías, la obligación tributaria se determinará sobre<br />

el valor de las mercancías extranjeras incorporadas, más los servicios prestados en el<br />

extranjero para su reparación, de conformidad con la tarifa aplicable según la clasificación<br />

arancelaria de las mercancías retornadas. No obstante, las mercancías que hayan sido<br />

reparadas en el exterior, dentro del período de la garantía de funcionamiento, reingresarán<br />

con exención total de derechos e impuestos.<br />

(Así reformado por el artículo 1º de la ley Nº 8373 de 18 de agosto de 2003).<br />

90

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!