03.03.2017 Views

LEY GENERAL DE ADUANAS Y SU REGLAMENTO

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>ADUANAS</strong> Y <strong>SU</strong> <strong>REGLAMENTO</strong><br />

EDITORIAL DIGITAL - IMPRENTA NACIONAL<br />

COSTA RICA<br />

SECCIÓN IX<br />

Tiendas libres<br />

Artículo 175.—Información adicional de la solicitud. Las empresas autorizadas<br />

por Ley para ingresar mercancías para su venta en Tiendas Libres, deberán indicar en la<br />

solicitud, la siguiente información:<br />

a) Identificación de sus proveedores en el extranjero y de las relaciones comerciales y<br />

contractuales con ellos.<br />

b) Ubicación exacta de las instalaciones que servirán para la recepción de vehículos,<br />

unidades de transporte, recepción y depósito de mercancías y de las áreas adecuadas<br />

para efectuar el reconocimiento físico de las mercancías.<br />

c) Detalle de los ingresos de mercancías de los dos últimos años. Con indicación de<br />

la descripción, valor total CIÉ peso y/o volumen, unidad de medida, clasificación<br />

arancelaria, país de procedencia y país de origen.<br />

d) Descripción general de las mercancías que se ingresarán bajo la modalidad y<br />

una proyección de las cantidades, procedencia y clasificación arancelaria de las<br />

mercancías programadas para el siguiente año calendario de operación.<br />

Artículo 176.—Obligaciones adicionales. Estos auxiliares tendrán las siguientes<br />

obligaciones adicionales:<br />

a) Contar con medios de vigilancia suficientes y adecuados que aseguren la efectiva<br />

custodia y conservación de las mercancías, de acuerdo con las condiciones de<br />

ubicación o infraestructura del depósito y la naturaleza de las mercancías, conforme<br />

con lo que disponga la Dirección General en el acto de autorización.<br />

b) Presentar a la aduana de control en el mes siguiente a la finalización del año fiscal,<br />

los resultados de los inventarios efectuados, los cuales incluirán un reporte de<br />

mercancías ingresadas en ese periodo bajo la modalidad, inventario de existencias<br />

e inventario de ventas.<br />

c) Mantener y enviar a la aduana de control, registros de mercancías admitidas,<br />

depositadas, vendidas u objeto de otros movimientos, según los formatos y las<br />

condiciones que establezca la Dirección General.<br />

d) Mantener a disposición de la aduana de control los sistemas de ingreso, permanencia<br />

y salida de mercancías.<br />

e) Responder por el pago de las obligaciones tributarias aduaneras, por las mercancías<br />

que no se encuentren y hayan sido declaradas como recibidas.<br />

239

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!