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Protocolo de Actuación para la atención en Justicia con enfoque de género y diversidad sexual

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile. El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile.
El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

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GLOSARIO

SISTEMA DE JUSTICIA

En el contexto de este Protocolo se concibe como el conjunto de normas jurídicas a través de la

cual se estructura y se regula el funcionamiento de los diferentes órganos e instituciones judiciales,

encargados de intervenir en la resolución de los conflictos sometidos a su conocimiento en

materias tales como familia, laboral, penal, tributarias, civiles, entre otras.

El sistema de justicia debe propender hacia la igualdad y no discriminación que debe existir entre

todos sus integrantes, cualquiera sea el escalafón al que pertenezcan. Para lograr ese objetivo

es indispensable reconocer e identificar las situaciones de desigualdad y discriminación al interior

de la Institución, la cual se ha construido por diversos factores culturales, que hacen que en

definitiva las personas posean diversas características y diferentes roles sociales, como el sexo,

color de piel, estatura, o bien, porque sus funciones quedan configurados por estereotipos sobre

cómo son vistas tales personas y lo que se espera de ellos, lo que está especialmente marcado

en los juicios de familia y laborales, y específicamente en el caso de las mujeres, ya que si no se

“comportan” de acuerdo a lo que socialmente se espera de ellas, tendrán seguramente mayores

obstáculos y dificultades en la atención de justicia.

TEORÍAS DE GÉNERO - GÉNERO

Para la Corte IDH, el género se refiere a las identidades, las funciones y los atributos construidos

socialmente de la mujer y el hombre y al significado social y cultural que se atribuye a esas

diferencias biológicas. Corte Interamericana de Derechos Humanos (24 de noviembre de 2017: párr. 32,

letra e).

Se entiende por Teoría de Género al campo de conocimiento compuesto por aportes teóricos

de diversas disciplinas de las ciencias sociales y las humanidades, que se han extendido a

diversas áreas del conocimiento, cuyo objeto de estudio es el género. El desarrollo teórico

estuvo inicialmente centrado en los estudios de las mujeres y posteriormente se amplió a un

concepto de género más amplio, no binario que considera la diversidad sexual y que es el

adoptado por este Protocolo.

Este conocimiento científico, que ha sido construido reflexivamente y contextualizado en unas

determinadas circunstancias históricas, ha generado un cúmulo de teorizaciones y marcos conceptuales

sobre el patriarcado, la dicotomía público/privado, el sistema binario sexo-género y el

pacto social o sexual, los cuidados, la heteronormatividad, entre otras categorías que están a la

base de la configuración del Estado moderno y que han sido esenciales para entender el funcionamiento

de las sociedades complejas. La generación de conocimiento teórico ha permitido la

identificación de los procesos que están en el origen de la desigualdad y la discriminación de las

mujeres y de las personas LQTBI y han permeado propuestas que implican la incorporación del

enfoque de género en las políticas públicas, en los cambios legislativos e institucionales.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA ATENCIÓN EN JUSTICIA CON ENFOQUE DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL 135

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