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Protocolo de Actuación para la atención en Justicia con enfoque de género y diversidad sexual

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile. El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile.
El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

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SEGUNDA PARTE. RECOMENDACIONES.

RECOMENDACIONES PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL.

2) Transversalización de la Perspectiva de Género.

Originalmente, y a partir de los debates sobre los derechos de la mujer

en las Naciones Unidas (ONU), este concepto ha sido comprendido

como el proceso de evaluación de las consecuencias para las mujeres y

los hombres de cualquier actividad planificada, inclusive las leyes, políticas

o programas, en todos los sectores y a todos los niveles. Es una estrategia

destinada a hacer que las preocupaciones y experiencias de las

mujeres, así como de los hombres, sean un elemento integrante de la

elaboración, la aplicación, la supervisión y la evaluación de las políticas

y los programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales, a

fin de que las mujeres y los hombres se beneficien por igual y se impida

que se perpetúe la desigualdad. El objetivo final es lograr la igualdad

25

[sustantiva] entre los géneros .

Actualmente, y en el marco específico de este Protocolo, dicha perspectiva

se extiende a la comprensión de otras dimensiones de la categoría

de género que apelan a la cuestión de las identidades y diversidades

sexuales y de género.

Justamente, se entiende que hay un ecosistema de derechos, género

y diversidad sexual, donde no basta solo la declaración de las intenciones

de aplicar estándares de derechos y adoptar lineamientos, sino

que urge que las organizaciones se hayan ajustado a tales preceptos

para cumplir ese objetivo y que las prácticas internas y externas de sus

agentes se reconozcan consistentes y coherentes con ese mismo objetivo.

Por dicho motivo es que la transversalización de género en todos

los niveles y asuntos de la institución, en este caso del Poder Judicial,

debe ser un mecanismo fundamental y prioritario para lograr resultados

sustantivos en el acceso a la justicia en igualdad y sin discriminaciones

basadas en el género o la diversidad sexual.

25 Consejo Económico y Social de la ONU, 1997.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA ATENCIÓN EN JUSTICIA CON ENFOQUE DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL

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