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Protocolo de Actuación para la atención en Justicia con enfoque de género y diversidad sexual

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile. El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile.
El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.

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II. ANTECEDENTES / DIAGNÓSTICO INTEGRADO SOBRE GÉNERO, DIVERSIDADES SEXUALES Y EL PODER JUDICIAL DE CHILE.

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FORMACIÓN, ESPECIALIZACIÓN Y DIFUSIÓN.

3.1. Existe necesidad de formación en temas de género y diversidad sexual.

Muchas personas al interior del Poder Judicial se sienten motivadas a aprender sobre temas

de género y diversidad sexual, puesto que existiría un bajo conocimiento en torno a estos

tópicos. No se comprenden los contenidos teóricos y la terminología básica, y las normas existentes

en estas materias, entre otros aspectos. Por ello, se plantea la necesidad de que personas

funcionarias de diferentes escalafones tengan opciones para formarse en estos temas.

3.2. Se considera que la formación en género, diversidad sexual y derechos

humanos debe ser integral.

La formación debiese comprender contenidos jurídicos, dirigidos al conocimiento y aplicación

de las normas en estas temáticas, incluyendo derecho internacional de los derechos

humanos, y en el caso de quienes ejercen jurisdicción, contar con herramientas de hermenéutica

o interpretación, y con una perspectiva interdisciplinaria que incluye aportes de la

sociología, la antropología, la psicología y el trabajo social, para comprender las bases sociales

y culturales del género y la diversidad, así como el rol del Estado y la incorporación de la

perspectiva de género en las políticas públicas y los aspectos subjetivos y emocionales que

afectan a las personas víctimas de violencia de género, homofobia, transfobia, etc.

3.3. La falta de obligatoriedad de formación en género y diversidad sexual no

favorece una capacitación generalizada.

Uno de los problemas asociados a la formación es que, al existir sólo una oferta de carácter

voluntario –ofrecida por la Academia Judicial- los cursos son realizados por personas que

ya poseen cierta sensibilidad con la temática y no por quienes la desconocen y deberían

conocerla, o por quienes presentar ciertas resistencias a estas temáticas.

3.4. El Poder Judicial requiere nuevas y mejores estrategias comunicacionales

sobre sus procesos de formación, especialización y difusión en materias de género

y diversidad sexual.

Si bien ha mejorado la percepción ciudadana sobre tales procesos al interior de la institución,

aún falta trabajo para disminuir prejuicios y valoraciones negativas de la institución

debido a prácticas que se producen y que muestran una escasa sensibilización como consecuencia

de la formación y especialización.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA ATENCIÓN EN JUSTICIA CON ENFOQUE DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL 41

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