Protocolo de Actuación para la atención en Justicia con enfoque de género y diversidad sexual
Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile. El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.
Proyecto FONDEF, Universidad de Concepción, Chile.
El Protocolo de actuación para la atención en justicia con enfoque de género y diversidad sexual es un instrumento que tiene como propósito principal entregar recomendaciones que favorezcan la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones del Poder Judicial chileno (PJUD), a fin de favorecer el respeto y cumplimiento del acceso a la justicia para todas las personas, con énfasis en la atención a personas usuarias y el trato entre personas integrantes de la institución.
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II. ANTECEDENTES / DIAGNÓSTICO INTEGRADO SOBRE GÉNERO, DIVERSIDADES SEXUALES Y EL PODER JUDICIAL DE CHILE.
EXPECTATIVAS DE ROL EN GÉNERO Y DIVERSIDADES SEXUALES.
2.11. Se espera que las mujeres participen en el ámbito privado, tal como,
relaciones de familia y de cuidado, y que los hombres se ocupen de lo público y
de los asuntos económicos.
Existe la creencia de que el rol de cuidado del hogar y de los hijos e hijas le corresponde,
en mayor medida, a las mujeres, mientras que el hombre es quien debe abocarse a las
labores económicas y públicas. De esta manera, el padre se destaca y reconoce cuando
realiza labores de cuidado de hijos e hijas, mientras que, en el caso de las mujeres, esto es
considerado como una actividad natural.
2.12. Se espera que las mujeres cuiden mucho su apariencia.
Existe una fuerte presión hacia las mujeres, ya que se espera que ellas se ocupen de su apariencia
(cuidados estéticos y vestimenta) en mayor medida que los hombres, lo que revela la
presencia de una fuerte carga cultural que afecta en menor medida a estos últimos.
2.13. Se espera que los puestos de autoridad se ejerzan con un liderazgo
masculinizado.
Los puestos de autoridad y dirección deben ejercerse de acuerdo con un liderazgo con
características masculinas, es decir, con un estilo vertical, directo, fuerte y muchas veces
distante, que son propiedades que tradicionalmente se han asociado a los hombres. Por
ello, se considera que cuando los puestos son ejercidos por mujeres, ellas deben adaptarse
a esos estándares y cualidades.
2.14. Se espera que las personas se comporten a partir de una visión binaria del
sexo y género, con un enfoque heteronormativo y cisnormativo de sus relaciones.
Estaría presente la creencia de que sólo existen dos sexos (hombre y mujer) y que lo natural
y correcto es que, a cada uno de estos sexos, le corresponda congruentemente un comportamiento
determinado sobre sexualidad y afectividad. Esto es, una identidad de género
determinada (una mujer debe tener una identidad de género femenina, y un hombre, una
identidad masculina) y una orientación sexual determinada (orientación sexual de hombres
debe dirigirse a mujeres y viceversa). El incumplimiento de esta expectativa puede ser
sancionada socialmente a través del humor o discriminaciones.
2.15. Se espera que las mujeres se comporten en forma recatada y tomen
medidas para prevenir y enfrentar el acoso sexual.
Se considera que las mujeres deben cuidarse y ser responsables de su comportamiento,
esperando que este sea recatado y prudente en todos los espacios, tanto laborales como
privados, para así evitar posibles situaciones de acoso sexual.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA ATENCIÓN EN JUSTICIA CON ENFOQUE DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL 35