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HISTORIA DEL COOPERATIVISMO EN EL ECUADOR<br />
de las cooperativas de ahorro y crédito del país, intervino a la Cooperativa San Francisco<br />
de Asís, el 17 de marzo de 1989, con una simple resolución, de manera ilegal, al margen<br />
de la Ley de Cooperativas y su Reglamento General (1966), vigente para ese año.<br />
Primer Proceso Liquidatario<br />
Una vez dictada la Resolución Nº SB - JB - 96 - 0073, se da inicio al proceso de<br />
liquidación, ante lo cual más de un centenar de socios se volcaron a la Superintendencia<br />
de Bancos para solicitar la revocatoria de esta Resolución.<br />
Ante esta actitud la Superintendencia de Bancos convocó a la Consultora Merchant<br />
Bansa, para que realizara los estudios de factibilidad económica nanciera de la<br />
Cooperativa. En base a lo cual se dictó una nueva Resolución, la misma que se concretó<br />
en los siguientes aspectos:<br />
1. Asamblea de Delegados, en la que se eligieron a los miembros de la Comisión<br />
de Reactivación (diciembre 1997).<br />
2. Estudio Legal al Proyecto de Estatuto.<br />
3. Elaboración del Reglamento Administrativo.<br />
4. Elaboración del Reglamento de Elecciones.<br />
5. Proyecto de Reglamento de Crédito.<br />
6. Proyecto del Manual de Procedimientos para la Prevención del Lavado de Dinero.<br />
7. Mecanismos para constituir el Patrimonio Técnico de la Cooperativa<br />
Cumplidos todos estos requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos, la<br />
Comisión de Reactivación manifestó de manera expresa “la exigencia de que la Junta<br />
Bancaria expida la Resolución de Reactivación, o de lo contrario los Asambleístas<br />
tomarían medidas de hecho.”<br />
Después, se realizaron Asambleas de Delegados, convocadas por la Propia<br />
Superintendencia de Bancos y realizadas: el 13 de diciembre de 1997 y el 19 de<br />
diciembre de 1998 en la primera, el pronunciamiento unánime de los delegados fue la<br />
decisión de reactivar la Cooperativa. En la Segunda Asamblea, además, de producida la<br />
raticación de este pronunciamiento, se procedió a la reestructuración de la Comisión<br />
de Reactivación conformada por 5 miembros.<br />
Luego la Junta Bancaria en sesión de 5 de marzo de 1998, en base al informe<br />
presentado por la Intendencia Nacional de la Superintendencia de Bancos, contenido<br />
en ocio No. JB - 98 - 046 de 9 de marzo de 1998: “concediendo la autorización para<br />
que se lleve a trámite la solicitud de reactivación de la mencionada Cooperativa”,<br />
autorización que se la da en conocimiento del ocio de 12 de marzo de 1998 suscrito por<br />
el Lic. Juan Landázuri Ch. en su calidad de liquidador.<br />
Además, se hace referencia al contenido del ocio No. INCOOP - 99 - 1199,<br />
Intendente Nacional de Cooperativas en el que expresa: “con estos antecedentes nos<br />
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