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Libro Jurisprudencia societaria

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Superintendencia de SociedadesEl cálculo del valor de la caución parte de la estimación de los posibles perjuicios derivadosde la medida cautelar. 11 Así, pues, se usará como factor inicial de cómputo la suma de$18.000.000, equivalente al valor agregado de los cánones mensuales pactados en loscuatro contratos de arrendamiento. Es necesario, además, multiplicar esta suma por eltiempo de duración promedio de los procesos en el Grupo de Jurisdicción Societaria deesta entidad —cuatro meses— lo cual arroja una cifra de $72.000.000.De otra parte, este Despacho ha usado las probabilidades de éxito de la demanda como unfactor para graduar el monto de la caución. Se trata de una simple relación inversamenteproporcional, por cuyo efecto, entre mayores sean las probabilidades de éxito, menorserá el valor de la caución. Esta fórmula encuentra justificación en el hecho de que lacaución solo se hace efectiva cuando no prosperan las pretensiones del demandante.Así, por virtud de las consideraciones efectuadas en el acápite correspondiente, esteDespacho estima necesario reducir el valor ya estimado de la caución a la suma de$14.400.000. 12En mérito de lo expuesto, el superintendente delegado para procedimientos mercantilesResuelvePrimero. Fijar una caución por la suma de $14.400.000, la cual deberá ser prestadapor el demandante bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley para el efecto,dentro de los 10 días siguientes a la notificación del presente auto. El decreto y prácticade la medida cautelar aquí descrita estará sujeto a la condición de que el demandantepreste la caución a que se ha hecho referencia.Segundo. Una vez prestada la caución en forma debida,dejar en suspenso los efectosde los contratos descritos a continuación, celebrados el 21 de enero de 2011 entrePesqueros SAS y Carlos Giraldo Roldán, en nombre de Roldán y Cía. Ltda. y de RologS.A.:ObjetoCanon mensualMontacarga Gigante Taylor $5.000.000Máquina Yale de 4.5 toneladas $3.500.000NA Hyster de 7.5 toneladas $7.000.000Máquina Fiat de 2.5 toneladas $2.500.000Tercero. Una vez prestada la caución en forma debida, informarle al representantelegal de Pesqueros S.A.S. acerca de la medida cautelar antes descrita, por el medio másexpedito, de manera que proceda de conformidad con lo ordenado por este Despacho.11611Cfr. Auto No. 801-015217 del 31 octubre 2012.12Este ajuste no significaque se le haya asignado a las pretensiones de la demanda unas probabilidades de éxito del 80%. Loscálculos efectuados en el texto principal se derivan de simples estimaciones, basadas en una aproximación preliminar a losdocumentos que se han aportado en esta temprana etapa del proceso.

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