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Libro Jurisprudencia societaria

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<strong>Jurisprudencia</strong> Societariade accionistas de Gyptec S.A., es nula absolutamente por no haber sido aprobadapor unanimidad, en los términos del artículo 31 de la Ley 1258 de 2008.3. ‘Que como consecuencia de la declaratoria de nulidad absoluta, se declare quela decisión de escindir la sociedad Gyptec S.A., para formar la sociedad GyptecInmuebles S.A.S., no produjo efectos.4. ‘Que como consecuencia de la declaratoria de nulidad absoluta, se ordene a GyptecS.A., y a sus administradores realizar todos los actos necesarios para retrotraercualquier acto realizado con fundamento en el acta 17.5. ‘Que como consecuencia de la declaratoria de nulidad absoluta, se ordene lacancelación de la inscripción del acta 17 de la asamblea general de accionistas deGyptec S.A., en el registro mercantil, en el evento en que se haya practicado.6. ‘Que se condene a la demandada al pago de costas y agencias en derecho’.Subsidiarias:1. ‘Que se declare el reconocimiento de la existencia de los presupuestos de ineficaciade las decisiones adoptadas por la asamblea extraordinaria de accionistas de lasociedad Gyptec S.A. celebrada el 24 de septiembre de 2012.2. ‘Que se declare el reconocimiento de la existencia de los presupuestos de ineficaciade las decisiones adoptadas por la asamblea extraordinaria de accionistas de lasociedad Gyptec S.A., celebrada el 24 de septiembre de 2012 por ser contrariasa la ley al no contener las especificaciones establecidas en el artículo 4º de la Ley222 de 1995 en el proyecto de escisión.3. ‘Que se declare el reconocimiento de la existencia de los presupuestos de ineficaciade las decisiones adoptadas por la asamblea extraordinaria de accionistas de lasociedad Gyptec S.A., celebrada el 24 de septiembre de 2012 por no haberserealizado la convocatoria al señor Carlos Hakim Daccach en su domicilio, deacuerdo con lo establecido en la ley y los estatutos.4. ‘Que como consecuencia del reconocimiento de la existencia de los presupuestosde ineficacia, se declare que tales decisiones no produjeron efecto alguno.5. ‘Que como consecuencia del reconocimiento de la existencia de los presupuestosde ineficacia, se ordene a Gyptec S.A., y a sus administradores realizar todos losactos necesarios para retrotraer cualquier acto realizado con fundamento en elacta 17.6. ‘Que como consecuencia del reconocimiento de la existencia de los presupuestosde ineficacia, se ordene la cancelación de la inscripción del acta 17 de la asambleageneral de accionistas de Gyptec S.A., en el registro mercantil, en el evento en quese haya practicado.2137. ‘Que se condene a la demandada al pago de costas y agencias en derecho’.

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