12.07.2015 Views

Libro Jurisprudencia societaria

Libro Jurisprudencia societaria

Libro Jurisprudencia societaria

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Superintendencia de Sociedadesconflictos societarios. 1 Tales presupuestos han sido derivados de lo previsto en el artículo590 del Código General del Proceso, así como de la aplicación de esta norma a losdiversos casos sometidos a consideración de esta Delegatura. Es así como, para decretarlas medidas cautelares de la naturaleza solicitada, debe efectuarse un cuidadoso análisisde los elementos de juicio disponibles, a fin de analizar las probabilidades de éxito de lademanda y evaluar el interés económico de la sociedad demandante, según se expresaa continuación.1. Las probabilidades de éxito de las pretensiones formuladas en lademandaEl primero de los presupuestos mencionados consiste en un examen preliminar delos diferentes elementos de juicio disponibles, para efectos de determinar, con algunaprecisión, las probabilidades de éxito de las pretensiones formuladas por el demandante.Este presupuesto se deriva de la denominada apariencia de buen derecho a que aludeel artículo 590 del C.G.P. La apariencia de buen derecho ha sido referida a ‘la cargade acreditar de forma provisional e indiciaria, que la pretensión […] presenta visosde poder prosperar; [es preciso entonces establecer] una probabilidad cualificada deéxito de la pretensión principal que se pretende cautelar’. 2 Este análisis preliminarno conlleva, en forma alguna, un prejuzgamiento que le impida al juez pronunciarsemás adelante acerca del fondo del asunto. 3 Al tratarse de una valoración previa de laspruebas disponibles cuando se solicita la medida cautelar, es perfectamente factibleque, al momento de dictar sentencia, el juez llegue a una conclusión diferente de laexpresada en el auto de medidas cautelares. En efecto, durante el curso del procesopueden surgir elementos de juicio que le resten fuerza a los argumentos empleados porel juez para aceptar o rechazar la cautela. 4Con fundamento en las anteriores precisiones, se analizará la solicitud presentada anteeste Despacho, a fin de estimar, de modo preliminar, si los demandantes han demostradoque sus pretensiones tienen una probabilidad de éxito que justifique el decreto de unamedida cautelar.481Cfr. Auto No. 801-002289 del 20 febrero 2013; Auto No. 800-016014 del 19 noviembre 2012; Auto No. 801-014531 del17 octubre 2012; Auto No. 801-013957 del 4 octubre 2012, Auto No. 801-012437 del 3 septiembre 2012 y Auto No.801-001488 del 1 de febrero de 2013. Las providencias mencionadas pueden consultarse en la sección de jurisprudenciade la página de la Superintendencia de Sociedades, disponible en la siguiente dirección: www.supersociedades.gov.co/pmercantiles.html2J. Garnica Martín, ‘Medidas Cautelares en el Proceso de Impugnación de Acuerdos Sociales’ en Órganos de la Sociedad deCapital, Tomo I (2008, Valencia, Tirant Lo Blanch) 580.3En opinión de Garnica Martín, ‘resulta imposible enjuiciar adecuadamente la existencia del fumus sin emitir ese prejuicio.Si se quiere evitar prejuzgar lo que en realidad se consigue es dejar de enjuiciar con seriedad la apariencia de buen derecho(…)’. (2008) 580.4En criterio de Bejarano Guzmán, ‘no se trata de una decisión de fondo sino preliminar, que por supuesto puede sermodificada en la sentencia que le ponga fin al proceso […] si el juez no decreta la [medida] en modo alguno ello significaque la sentencia será adversa al demandante, pues las pruebas recaudadas en el proceso pueden contribuir a cambiar ladecisión que se adopte en la sentencia’ R. Bejarano Guzmán, Procesos Declarativos, Ejecutivos y Arbitrales, 5ª Edición(2011, Bogotá, Editorial Temis) 167.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!