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Ago. Sept. Oct. Nº 282-283-284 - Biblioteca Virtual El Dorado

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ocho puestos. Porque no es posible que por un hipÚcrita reconocimieiitode un falso derecho dc las minorías, se siga privando deocupar Ull puesto en la Asamblea a un ciudadano que ha obtenidoen su provincia una o varias veces el cuociente electoral, y la lista desu partido lo ha obtenido las necesarias para que ese ciudadanoresulte elegido, y en cambio se declare con derecho a puesto almiembro de otro partido que a duras penas ha obtenido uno o doscentenares de votos.Es cierto que el diputado o concejal electo debe representar enla Asamblea Nacional o en el Concejo Municipal a un sector determinadode la opinión pública, y entre todos, deben representar aésta por completo. Pero es claro que csc sector necesita ser dealguna importancia para obtencr una representación. Otorgarla agrupos minúsculos es irrisorio e injusto, y no se comprende bienpor qué haya unos diputados o concejales que reprcsentan a milesde sus conciudadanos y otros que apenas pueden alzar la voz comovoceros de unas docenas o centenares de ellos.En realidad, en nuestra tierra, para fines electorales, sólo haydos partidos poderosos: gobierno y oposición. Cabe admitir untercero: el laborista, que en las provincias de Panamá y Colónpuede muy bien ganar puestos en las diputaciones, y concejalesen las ciudades dd mismo nombre. Pueden muy bien surgir otrospartidos de vida temporal, y si logran agrupar un número apreciablede ciudadanos y hacer que voten por las listas que lancen yllegar a obtener que éstas reúnan el número dc votos suficientepara el cuociente electoral una, dos o más veccs, es justo que se lesconcedan una, dos o más plazas en este caso, pero no en nin¡"rÚnotro.En Francia la ley electoral concede las plazas de acuerdo con elcuocien te electoral y cuando quedan algunas por otorgar las concedeno a las minorías como entre nosotros esta vez, sino a lasmayorías y llaman a ésto prima a la mayoría. y cn cicrto modoparece lo justo: la representaciÚn debe estar en razÓn directa delnÚmero de votantes. Otra cosa es ir contra la razÚn y contra laverdad por un fingido espíritu de justicia.II¿Deben votar las mujeres? ¿Deben ser elegibles? Estas dos inte.rrogaciones encierran wl problema de actualidad, resuelto ya encasi todos los países sajones y eslavos y pendiente en los latinos.Entre nosotros nunca se ha considerado seriamente y es hora dehacerlo. La mujer panameña, en general, aclquierc una instrucción409

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