06.08.2013 Views

Comentario de particulares

Comentario de particulares

Comentario de particulares

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL<br />

Versión SENASICA Mayo/2009 (atendiendo comentarios y observaciones <strong>de</strong> la CGJ)<br />

II. .......... Constancia <strong>de</strong> actualización expedida por instituciones académicas, científicas, fe<strong>de</strong>raciones o colegios <strong>de</strong><br />

profesionistas con las que la Secretaría haya celebrado un acuerdo o convenio para <strong>de</strong>sarrollar programas<br />

<strong>de</strong> capacitación.<br />

III. Declaración bajo protesta <strong>de</strong> <strong>de</strong>cir verdad <strong>de</strong> que no ha sido sancionado por la Secretaría.<br />

El párrafo primero y la fracción primera se refieren a lo mismo<br />

Artículo 371. La vigencia y la renovación <strong>de</strong> la autorización <strong>de</strong> los médicos veterinarios como terceros<br />

especialistas para verificar y expedir dictámenes zoosanitarios, así como para realizar verificación en origen, será <strong>de</strong><br />

dos años.<br />

Artículo 372. Los médicos veterinarios autorizados como terceros especialistas para verificar y expedir<br />

dictámenes zoosanitarios y para realizar verificación en origen, <strong>de</strong>berán presentar su informe <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s en los<br />

términos que la Secretaría establezca para tal efecto.<br />

Artículo 373. Los dictámenes <strong>de</strong> verificación que expidan los terceros especialistas a los establecimientos, serán<br />

utilizados para los siguientes trámites o servicios ante la Secretaría:<br />

I. Dictamen <strong>de</strong> verificación anual <strong>de</strong> productos para uso o consumo animal.<br />

II. Modificaciones relacionadas con el cambio <strong>de</strong> domicilio y ampliación <strong>de</strong> giro <strong>de</strong> los establecimientos<br />

comercializadores <strong>de</strong> productos para uso o consumo animal que ya que cuentan con aviso <strong>de</strong> inicio <strong>de</strong><br />

funcionamiento. No existe justificación zoosanitaria para exigir dictamen <strong>de</strong> verificación para establecimientos<br />

comercializadores <strong>de</strong> croquetas para mascotas por cambio <strong>de</strong> domicilio o ampliación <strong>de</strong> giro, será un gasto<br />

excesivo para <strong>particulares</strong>, ni tampoco existe la justificación zoosanitaria para acotar exclusivamente la verificación a<br />

establecimientos comercializadores <strong>de</strong> productos para uso o consumo animal<br />

III. ......... Verificación <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> las normas oficiales mexicanas auxiliando a la Secretaría en<br />

establecimientos comercializadores <strong>de</strong> productos para uso o consumo animal<br />

Artículo 374. Para que los terceros especialistas participen en la verificación en origen, <strong>de</strong>berá presentar a la<br />

Secretaría, solicitud por escrito y la documentación siguiente:<br />

I. ........... Copia <strong>de</strong> la constancia que lo avale como Médico Veterinario responsable autorizado en unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong><br />

producción, en las áreas <strong>de</strong> las especies animales que se requiera para la verificación en origen.<br />

II. Dominio <strong>de</strong>l idioma Inglés (conversación ochenta por ciento comprobatorio)<br />

III. Experiencia en campo <strong>de</strong> clínica y zootecnia en la especie correspondiente a la verificación.<br />

IV. Currículum con documentos comprobatorios.<br />

V. Certificado médico.<br />

VI. Tener pasaporte vigente<br />

VII. Contar con visa americana vigente en su caso.<br />

VIII. Disponibilidad para viajar.<br />

IX. ......... Actualización <strong>de</strong> los estatus sanitarios <strong>de</strong> los países que exportan mercancías reguladas a México y<br />

conocimiento <strong>de</strong> las regulaciones sanitarias internacionales.<br />

113

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!