06.08.2013 Views

Comentario de particulares

Comentario de particulares

Comentario de particulares

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL<br />

Versión SENASICA Mayo/2009 (atendiendo comentarios y observaciones <strong>de</strong> la CGJ)<br />

Artículo 101. En los casos <strong>de</strong>l establecimiento o continuidad <strong>de</strong> las campañas zoosanitarias, la Secretaría<br />

solicitará a los gobiernos <strong>de</strong> los Estados el compromiso <strong>de</strong> apoyar a las mismas, mediante aportaciones económicas<br />

y colaboración en la implementación y el cumplimiento <strong>de</strong> las disposiciones <strong>de</strong> sanidad animal que correspondan.<br />

Artículo 102. Para las campañas establecidas, la Secretaría <strong>de</strong>finirá las priorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> ejecución en las zonas,<br />

regiones estados, municipios o a nivel nacional. Los gobiernos <strong>de</strong> los Estados y <strong>de</strong>l Distrito Fe<strong>de</strong>ral y los organismos<br />

auxiliares <strong>de</strong> sanidad animal, <strong>de</strong>berán ajustar sus programas y proyectos <strong>de</strong> trabajo a las priorida<strong>de</strong>s que establezca<br />

la Secretaría.<br />

Artículo 103. Para efectos <strong>de</strong>l Artículo anterior, la Secretaría consi<strong>de</strong>rará en su caso las propuestas <strong>de</strong> los<br />

gobiernos <strong>de</strong> los estados, organismos auxiliares <strong>de</strong> sanidad animal y productores organizados para la priorización <strong>de</strong><br />

las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las campañas en los estados o regiones correspondientes, conforme al Artículo 58 <strong>de</strong> la Ley.<br />

Artículo 104. Conforme a las priorida<strong>de</strong>s referidas en el Artículo anterior, los gobiernos <strong>de</strong> los estados y <strong>de</strong>l<br />

Distrito Fe<strong>de</strong>ral en coordinación con los organismos auxiliares <strong>de</strong> sanidad animal, presentarán para su autorización,<br />

el programa y proyectos <strong>de</strong> trabajo para la operación <strong>de</strong> cada campaña zoosanitaria a ejercer en el año, acor<strong>de</strong> con<br />

los lineamientos emitidos para tal efecto. En las campañas zoosanitarias los agentes involucrados <strong>de</strong>berán participar<br />

en las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> sanidad animal.<br />

Artículo 105. En los casos en que la Secretaría lo <strong>de</strong>termine, se establecerán campañas <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la entidad<br />

fe<strong>de</strong>rativa cuando estas se circunscriban en un solo estado o regionales ubicadas entre dos o más estados.<br />

En estos casos se consi<strong>de</strong>rarán los siguientes lineamientos:<br />

I. ........... Celebración <strong>de</strong> los instrumentos jurídicos que cada caso amerite, entre la Secretaría, los gobiernos<br />

estatales, los organismos auxiliares y los <strong>particulares</strong> involucrados.<br />

II. La planeación e implementación <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s se realizarán en forma coordinada.<br />

III. ......... En los estados, regiones o zonas que estén fuera <strong>de</strong> los territorios bajo campaña y que representen riesgo<br />

zoosanitario, se aplicarán las medidas zoosanitarias que cada caso amerite.<br />

En el artículo 54 <strong>de</strong> la LFSA se establece que con el objeto <strong>de</strong> <strong>de</strong> prevenir, controlar o erradicar la presencia <strong>de</strong><br />

enfermeda<strong>de</strong>s y plagas <strong>de</strong> los animales y a efecto <strong>de</strong> mejorar y mantener la condición zoosanitaria en el país, la<br />

Secretaría establecerá campañas, por lo que <strong>de</strong>be acotarse este precepto a lo establecido en la LFSA y no <strong>de</strong>jar en<br />

términos generales la facultad discrecional <strong>de</strong> la Secretaría para la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong>l establecimiento <strong>de</strong> campañas.<br />

No se establecen las bases <strong>de</strong> estas campañas.<br />

36

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!