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Informe Anual 2005 - Hannover Re

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Anexo<br />

<strong>Re</strong>laciones comerciales con personas vinculadas<br />

Los derechos de opciones sobre acciones se concedieron por primera vez para el ejercicio 2000,<br />

y se adjudican para cada uno de los ejercicios posteriores (año de asignación) de forma separada, siempre<br />

que se alcancen los criterios de valoración estipulados en las condiciones establecidas para la concesión<br />

de derechos de opciones sobre acciones.<br />

El criterio de valoración interno consiste en alcanzar los resultados fijados por el Consejo de Supervisión<br />

como objetivo, definido como "Diluted Earnings per Share" según la NIC 33 "Ganancias por<br />

Acción" (EPS). En caso de que se sobrepase o no se alcance el resultado esperado, el número base provisionalmente<br />

asignado se eleva o reduce de la forma correspondiente, resultando así el número base<br />

EPS. El criterio externo de valoración es la evolución de la cotización de la acción en el ejercicio de adjudicación.<br />

Tomamos como referencia el índice de reaseguro mundial ABN Amro Rothschild Global<br />

<strong>Re</strong>insurance Index (ponderado). Este último incluye la evolución de todos los reaseguradores mundiales<br />

que cotizan en bolsa. Según sea la trayectoria alcista o decreciente de este índice, el número base EPS se<br />

eleva, aunque como máximo en un 400 % del número base, o bien se reduce, pero como máximo en un<br />

50 % del número base EPS.<br />

El periodo de vigencia de los derechos de opciones sobre acciones es de diez años, respectivamente,<br />

iniciándose con la expiración del correspondiente ejercicio de adjudicación de la opción. Los derechos de<br />

opciones sobre acciones que no hayan sido ejercitados una vez finalizados sus respectivos plazos de<br />

vencimiento, caducan. Los derechos de opciones sobre acciones sólo pueden ejercitarse después de<br />

transcurrido un periodo de carencia, y luego únicamente dentro de cuatro plazos por año de ejercicio del<br />

derecho de opción. Para el 40 % de los derechos de opciones sobre acciones (el primer tramo de cada<br />

ejercicio de adjudicación), el periodo de carencia es de dos años, para cada 20 % adicional (los tramos dos<br />

a cuatro de cada ejercicio de adjudicación) de derechos de opciones sobre acciones el plazo obligatorio<br />

de espera se extiende sucesivamente un año más. Cada periodo de ejecución del derecho tiene una<br />

duración de diez días de negociación bursátil, empezando cada vez en el sexto día de negociación en<br />

bolsa después del día de la publicación del informe trimestral de la <strong>Hannover</strong> Rück AG.<br />

Cuando se ejercita un derecho de opción sobre acciones, el importe que hay que pagar al beneficiario<br />

corresponde a la diferencia entre el precio base y la cotización bursátil actual de la acción de la<br />

<strong>Hannover</strong> Rück AG a la fecha de ejecución del derecho. Dicho precio base corresponde a la media<br />

aritmética de las cotizaciones de cierre de la acción de la <strong>Hannover</strong> Rück AG en todos los días de negociación<br />

bursátil del primer mes calendario completo del correspondiente ejercicio de adjudicación<br />

de la opción. La cotización bursátil actual de la acción de la <strong>Hannover</strong> Rück AG a la fecha de ejecución<br />

de los derechos de opción sobre acciones, se determina mediante la media aritmética de las cotizaciones<br />

de cierre de la acción de la <strong>Hannover</strong> Rück AG en los últimos veinte días de negociación bursátil<br />

anteriores al primer día del periodo correspondiente a dicha ejecución.<br />

El pago está limitado a un importe máximo, que resulta de la división del volumen total de retribución<br />

derivado del ejercicio de adjudicación entre el número total de los derechos de opciones sobre acciones<br />

adjudicados en dicho ejercicio.<br />

En caso de rescisión del contrato de trabajo o de terminación de la relación laboral como consecuencia<br />

de un contrato de indemnización por marcha voluntaria o de la fijación de un plazo, prevalece<br />

el derecho a ejercitar todos los derechos de opciones sobre acciones en el primer periodo subsiguiente<br />

de ejecución de la opción. Caducan los derechos de opciones sobre acciones que no sean ejercitados en<br />

dicho periodo y aquellos, cuyo periodo de carencia no haya vencido aún. La jubilación, el caso de incapacidad<br />

laboral y el de fallecimiento del directivo no se considera como terminación de la relación laboral<br />

a efectos del ejercicio del derecho de opción sobre acciones.<br />

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