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negativos pero también positivos.<br />
Por ejemplo, el acceso a la educación<br />
aumenta para los niños desplazados.<br />
Un estudio de Moya e Ibáñez encuentra<br />
que la asistencia escolar para niños<br />
menores de 18 años antes del desplazamiento<br />
era del 54% y, una vez que<br />
se asientan en el lugar de recepción,<br />
ésta sube <strong>al</strong> 72%. Esto no resulta<br />
sorprendente, ya que la oferta<br />
educativa en las áreas urbanas es<br />
más <strong>al</strong>ta que en las rur<strong>al</strong>es y, por<br />
lo tanto, las escuelas de ciudad<br />
pueden absorber mayor población<br />
en edad escolar.<br />
La pérdida de capit<strong>al</strong> humano no<br />
surge entonces por obstáculos en la<br />
asistencia escolar, sino que surge<br />
por las dificultades de los hogares<br />
desplazados para compensar las<br />
caídas de ingreso y activos, que son<br />
consecuencia del desplazamiento.<br />
La baja capacidad para generar<br />
ingresos obliga <strong>al</strong> retiro escolar de<br />
los jóvenes desplazados, quienes deben<br />
vincularse a los mercados labor<strong>al</strong>es<br />
a muy temprana edad. Además, los<br />
eximios ingresos de los hogares desplazados<br />
en <strong>al</strong>gunos casos implican que,<br />
pese a contar con el acceso a la escuela,<br />
los niños no asistan a ella por carecer<br />
de recursos para comprar útiles, pagar<br />
el transporte y sufragar otros costos<br />
asociados a la educación. La <strong>al</strong>ta<br />
desnutrición infantil de la población<br />
desplazada, como lo demuestran<br />
estudios del Programa Mundi<strong>al</strong> de<br />
Alimentos, también dificulta los<br />
procesos de aprendizaje de estos<br />
niños y niñas.<br />
En 1997, el Estado colombiano decidió<br />
adoptar una legislación progresista,<br />
única en América Latina, para evitar<br />
y mitigar el impacto de los desplazamientos.<br />
Respecto del tema de la<br />
infancia temprana y la educación,<br />
la legislación estipula la asignación de<br />
subsidios condicionados a las familias<br />
desplazadas y, a través del programa<br />
“Familias en Acción”, obliga a la<br />
gratuidad escolar para esta población,<br />
ordena su priorización en el otorgamiento<br />
de cupos escolares y plantea<br />
la necesidad de diseñar programas<br />
de educación especi<strong>al</strong>es en caso de<br />
que así se requiera.<br />
Si bien con esto la legislación pretende<br />
evitar la interrupción y la deserción<br />
escolar, aún parece quedarse “corta”,<br />
t<strong>al</strong> como lo demuestran las cifras<br />
de cobertura. Esto evidencia que el<br />
otorgamiento del cupo escolar para<br />
las víctimas de conflictos resulta inocuo,<br />
si no se establecen condiciones<br />
económicas estables para los hogares.<br />
Cuando las familias no pueden generar<br />
recursos suficientes para tener una<br />
vida digna, recurren a la mano de<br />
obra infantil o retiran a sus hijos de<br />
la escuela para que permanezcan<br />
encerrados en sus casas. La ociosidad<br />
de los jóvenes desplazados en barrios<br />
de bajos recursos y con la presencia<br />
de grupos armados o crimin<strong>al</strong>es ha<br />
aumentado el riesgo de reclutamiento<br />
de éstos para actividades crimin<strong>al</strong>es<br />
o para engrosar las filas de los grupos<br />
armados ileg<strong>al</strong>es.<br />
La atención de víctimas de conflicto<br />
y la protección de los niños y niñas<br />
requiere ir mucho más <strong>al</strong>lá de otorgar<br />
un cupo escolar. Es fundament<strong>al</strong><br />
garantizar la estabilidad económica<br />
de los hogares, para así proteger a<br />
niños y jóvenes, quienes son el futuro<br />
de una sociedad que propenda hacia<br />
la reconciliación y la reconstrucción<br />
tras años de conflicto.