QUÃRUM Legislativo 88 - Cámara de Diputados
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no correspon<strong>de</strong>n con nuestras necesida<strong>de</strong>s actuales, nuestra forma <strong>de</strong> ver<br />
la vida, nuestra realidad socioeconómica, ni política.<br />
Para lograr que las iniciativas <strong>de</strong> ley que hoy elaboran los actores<br />
políticos que tienen esa facultad sean cada día mejores y lograr que estén<br />
en armonía con todo el resto <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>namiento jurídico, se requiere que<br />
utilicen las mo<strong>de</strong>rnas técnicas legislativas y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> éstas, una herramienta<br />
fundamental son precisamente las listas <strong>de</strong> verificación.<br />
V. Calidad legislativa<br />
Ahora bien, si las <strong>de</strong>finiciones generales sobre calidad pue<strong>de</strong>n ser<br />
aplicadas para cualquier producto comercial, proceso fabril o administrativo<br />
o servicio, ¿por qué no podrían aplicarse a las normas jurídicas<br />
Por otro lado, dado que es evi<strong>de</strong>nte que las leyes producen impactos en<br />
toda la sociedad, al elaborarlas es importante distinguir entre una <strong>de</strong>manda<br />
social y una necesidad social, pues no necesariamente ambos conceptos se<br />
correspon<strong>de</strong>n. Esto viene al caso, porque es necesario que las leyes, como<br />
producto social que a todos afecta, sean elaboradas <strong>de</strong> tal manera, que se<br />
garantice la calidad <strong>de</strong> las mismas, en beneficio <strong>de</strong> la sociedad a la que van<br />
dirigidas, atendiendo en primera instancia las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> esa comunidad.<br />
Pero como hemos visto, la calidad no es algo provi<strong>de</strong>ncial, ni casual,<br />
ni casuístico, sino que es siempre resultado <strong>de</strong> un proceso (que incluye,<br />
esfuerzo, trabajo y recursos), por lo que sólo tendremos leyes <strong>de</strong> calidad,<br />
si aseguramos que el proceso <strong>de</strong> su elaboración cumpla, en todo caso, con<br />
los estándares mínimos requeridos para alcanzar ese nivel <strong>de</strong> calidad, que<br />
a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>berá ser homogéneo para todas las leyes, in<strong>de</strong>pendientemente<br />
<strong>de</strong> la materia que cada una regule.<br />
Dicho lo anterior, cabe preguntarnos sobre el proceso <strong>de</strong> elaboración <strong>de</strong><br />
nuestras leyes y si el objetivo <strong>de</strong> alcanzar la calidad en su elaboración y en el<br />
producto mismo es hoy algo fortuito, o si existen procedimientos, normas y<br />
controles para asegurar que esas normas cumplan, in<strong>de</strong>fectiblemente, con<br />
un mínimo <strong>de</strong> requisitos <strong>de</strong> calidad.<br />
Actualmente se advierte una crisis <strong>de</strong> los parlamentos (incluido el<br />
mexicano) y se cuestiona cada vez más el grado <strong>de</strong> eficiencia con que cumplen<br />
el rol que les ha sido encomendado: “respon<strong>de</strong>r a las necesida<strong>de</strong>s y <strong>de</strong>mandas<br />
sociales a través <strong>de</strong>l producto parlamentario por excelencia: la ley”.<br />
Esa crisis <strong>de</strong> los parlamentos y la ley, están estrechamente ligadas y una<br />
<strong>de</strong> sus causas, sin duda, se atribuye a la <strong>de</strong>spreocupación o falta <strong>de</strong> a<strong>de</strong>cuada<br />
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