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Vulnerabilidad-y-Silencio
Vulnerabilidad-y-Silencio
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problemática de la sociedad, como lo es la violencia intrafamiliar, la pérdida de v<strong>al</strong>ores,<br />
la desintegración familiar, el pandillerismo, siendo éstos, los elementos que<br />
potenci<strong>al</strong>izaron la fuerza de la delincuencia organizada.<br />
El anterior razonamiento, se plantea para intentar tocar el timbre de la conciencia<br />
ciudadana, quien debe saber de los enormes efectos colater<strong>al</strong>es que acompañan a las<br />
familias que enfrentan la problemática de contar con uno de sus parientes en c<strong>al</strong>idad de<br />
interno. Las familias de internos penitenciarios, independientemente de afrontar la<br />
cruda situación mor<strong>al</strong> y espiritu<strong>al</strong>, que la cárcel trae para uno de ellos, enfrentan la<br />
devastadora re<strong>al</strong>idad de una economía empobrecida, <strong>al</strong> no contar con el ingreso<br />
económico del familiar recluido. Es obvio que t<strong>al</strong>es condiciones traen trastornos en la<br />
economía familiar en rubros básicos como lo son: <strong>al</strong>imentación, educación, vivienda,<br />
vestimenta, transporte, etc.<br />
En los sistemas penitenciarios, los trabajadores internos en sus percepciones<br />
s<strong>al</strong>ari<strong>al</strong>es no cuentan como ya se contempló, con normas protectoras del s<strong>al</strong>ario. En<br />
efecto, sus percepciones s<strong>al</strong>ari<strong>al</strong>es se encuentran sujetas a descuentos en <strong>al</strong>gunos casos<br />
en forma irracion<strong>al</strong> y, desde luego, esta acción es des motivante; lejos de poner en el<br />
camino de la reinserción <strong>al</strong> interno, pudiese darse el caso de estar <strong>al</strong>ejándolo. En la<br />
mayoría de los casos, no se les cubre el s<strong>al</strong>ario mínimo profesion<strong>al</strong>; es claro que se<br />
impone la necesidad de considerar que el trabajo de los internos debe ser cubierto con<br />
una percepción s<strong>al</strong>ari<strong>al</strong> apegada a lo que establece la Ley Feder<strong>al</strong> del Trabajo en sus<br />
artículos del 90 <strong>al</strong> 97 y, desde luego, que estos s<strong>al</strong>arios tengan el beneficio de las normas<br />
protectoras citados por el Código Labor<strong>al</strong> vigente en sus artículos del 98 <strong>al</strong> 103.<br />
Aplicando lo anterior, estaríamos estimulando fuertemente <strong>al</strong> interno a interesarse a<br />
desempeñar un trabajo dentro del reclusorio; como ya se estableció, el trabajo dignifica y<br />
fort<strong>al</strong>ece <strong>al</strong> espíritu del ser humano; de ser así podríamos decir que se está cumpliendo<br />
parci<strong>al</strong>mente, con uno de los elementos que se consideran importantes para la<br />
reinserción del interno a la sociedad.<br />
La otra situación, que debemos considerar es la creación magna de centros de trabajo<br />
en favor de los sentenciados y no circunscribir <strong>al</strong> trabajador interno a labores de<br />
artesanía, carpintería, electricidad, cuestiones computacion<strong>al</strong>es, etc. La fuerza labor<strong>al</strong> de<br />
los sujetos a procesos y sentenciados debe de aprovecharse en su máxima expresión y<br />
para ello, debemos verlos como gentes generadoras de productividad en el estado y en<br />
la nación.<br />
Nuestra sociedad mexicana no puede ni debe caer en la tan cómoda posición que nos<br />
brinda, el no conceder ninguno de los derechos a los internos, como lo es el derecho <strong>al</strong><br />
trabajo. Si ya de por sí, lo privamos del derecho a la libertad, el reto que debemos<br />
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