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Logica - Juan Jose Sanguineti

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LOGICA DE LA PROPOSICION<br />

Como hemos hecho hasta ahora, seguiremos en esta<br />

sección el método de atender a las formas ordinarias del lenguaje<br />

castellano, que son muy semejantes a las de cualquier idioma<br />

moderno. Un estudio basado en otra lengua más diversa sería,<br />

sin duda, algo distinto; de todos modos, en sus aspectos<br />

esenciales el juicio es una operación natural del hombre, que el<br />

arte y la cultura humana procuran desarrollar lo más posible.<br />

2. Estr u c t u r a del juicio<br />

Estructura predicativa de la proposición. En el juicio se<br />

expresa, como hemos dicho, la conveniencia de un acto, una<br />

característica, una perfección, a un determinado sujeto, que<br />

ordinariamente es conocido como poseyendo otra perfección. Se<br />

destacan así dos partes fundamentales de la proposición: sujeto y<br />

predicado.<br />

1) El sujeto es, en el orden lógico-gramatical, el término<br />

que recibe la atribución. En el orden real, el sujeto es un individuo,<br />

una parte suya, una especie, un grupo, un accidente sustantivado,<br />

etc., al que conviene la perfección predicada.<br />

2) El predicado es, en el orden lógico, lo que se atribuye al<br />

sujeto. En el ámbito real, el predicado puede consistir en una<br />

esencia, cualidad, acción, movimiento, etc.<br />

Normalmente toda proposición tiene un orden atributivo o<br />

predicativo, aunque la predicación no siempre es real. Los juicios<br />

más característicos son predicativos o atributivos. A la filosofía<br />

lógica le interesa examinar su correspondencia con la realidad; de<br />

ahí los matices que veremos.<br />

Cuando estos juicios se refieren a un sujeto individual que<br />

posee alguna perfección («Pedro es hombre, es europeo, etc.»),<br />

indican una composición real de una substancia con un acto o<br />

perfección. Estos juicios son participativos (per participationem):<br />

significan que un sujeto posee un acto por participación, esto es,<br />

no se identifica con ese acto («Pedro es hombre», pero no es la<br />

humanidad). Estos juicios no son convertibles: si «Pedro es<br />

hombre», no por eso «el hombre es Pedro».<br />

Cuando el sujeto es un todo de orden (ciudad, bosque, etc.),<br />

en muchos casos el juicio predicativo le atribuirá una perfección<br />

colectiva («el cielo es azul»; «las personas del equipo son 11»). Esa<br />

propiedad colectiva se resuelve en propiedades individuales o en<br />

complejos de relaciones, actividades, etc.<br />

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