Descarga - Esteyco Energia
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1. EL AGUA Y LA ENERGÍA<br />
1.11 A FECCIONES AMBIENTALES<br />
Como todas las obras humanas, la construcción de centrales hidroeléctricas<br />
supone una alteración del medio natural. Alteración que, normalmente, será<br />
tanto mayor cuanto más importante sea la central correspondiente. Puede haber<br />
molinos de poco salto e incluso sin canal en los que la afección es mínima y<br />
grandes centrales, como la Presa de las Tres Gargantas que han inundado extensísimas<br />
zonas habiendo obligado al desplazamiento de millones de personas.<br />
Como en todas las actividades hay ambientalmente aspectos positivos y aspectos<br />
negativos, que habrá que cuantificar en cada caso, a fin de adoptar la resolución<br />
que se considere.<br />
En todo lo sucesivo nos vamos a referir a España, simplemente por ser el país del<br />
que tenemos más información y por lo que creemos que nuestras opiniones serán<br />
de mayor interés.<br />
NECESIDAD DE REGULACIÓN DE LOS RÍOS<br />
Durante muchos años, al menos en España, se han construido grandes presas,<br />
con embalses importantes, que hoy día serían muy difíciles de promover y que sin<br />
embargo son la base del desarrollo actual, tanto energético como agrícola e incluso<br />
imprescindibles para el abastecimiento urbano. En estas condiciones el tema de las<br />
afecciones es especialmente complejo, habiendo opiniones totalmente contradictorias<br />
entre los diferentes grupos que intervienen en estos temas.<br />
A continuación vamos a detallar nuestro punto de vista, indudablemente subjetivo, y<br />
que, aunque hoy no esté de moda creemos que es importante resaltarlo en contra de<br />
lo que, en nuestra opinión, son mesianismos generalizados que están en contra de las<br />
actuaciones en los ríos.<br />
Actualmente está de moda, incluso recogido en la Directiva Marco del Agua 2000/60<br />
(por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política<br />
de aguas), el criterio que lo bueno es lo natural y que las alteraciones del régimen natural<br />
son malas y peligrosas, por lo que se debe retornar a un mundo ruossoniano en que los<br />
ríos circulen de modo natural como lo hacían antes de la aparición del hombre y sus<br />
actuaciones hidrológicas.<br />
Resulta especialmente grave el carácter normativo de la citada Directiva que, como<br />
en muchos otros casos se ha redactado de modo genérico para todo el territorio<br />
comunitario, sin diferenciar adecuadamente las evidentes diferencias que, en temas<br />
hidrológicos, hay de unos países a otros y cuya aplicación literal, especialmente si<br />
se realiza por personas con ideas preconcebidas, puede ser, en nuestra opinión,<br />
extraordinariamente peligrosa.<br />
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