14.05.2013 Views

REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin

REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin

REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

122<br />

Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />

Artículo 480<br />

Los conductores de trole, deberán instalarse a un mínimo de dos metros cuarenta centímetros<br />

(2,40 m.) desde la superficie. Alturas menores serán autorizadas sólo por el Servicio, siempre que<br />

el trole se proteja con defensas aisladas del contacto accidental con personas, sus herramientas o<br />

equipos. El Servicio tendrá un plazo de treinta (30) días para responder la solicitud desde la fecha<br />

de presentación de ella en la oficina de parte.<br />

Artículo 481<br />

Los trole de las locomotoras eléctricas deberán ser del tipo de arrastre (zapata o pantógrafo).<br />

Artículo 482<br />

Los locales, estructuras, salas y bodegas destinadas a contener instalaciones, equipos o material<br />

eléctrico deben ser construidos con materiales incombustibles, a prueba de fuego. Deberán<br />

disponer de sistemas y procedimientos de rigor para la prevención y control de incendios y toda<br />

emergencia que pudiera producirse.<br />

Artículo 483<br />

La zona inmediatamente circundante a cualquier subestación eléctrica debe mantenerse libre de<br />

hierba, césped o maleza que pueda incendiarse.<br />

La franja de servidumbre de las líneas eléctricas debe mantenerse libre de edificaciones y vegetación<br />

que puedan provocar incendios.<br />

Artículo 484<br />

Los transformadores sumergidos en algún tipo de líquido, instalados dentro de alguna construcción<br />

en superficie, deben estar protegidos con materiales a prueba de fuego que impidan que éste se<br />

extienda si el aceite o líquido contenido llegara a inflamarse.<br />

Si tales transformadores están instalados en lugares que representen riesgo, como cerca de la<br />

entrada de la mina o cerca de construcciones inflamables, se deben disponer los medios necesarios<br />

para evacuar o represar el aceite si la cubierta del transformador llegara a romperse.<br />

Artículo 485<br />

Se prohíbe la utilización de extintores, espumantes o soluciones acuosas en el combate de incendios<br />

en instalaciones, equipos y dispositivos eléctricos energizados, solo está permitido el uso de agua<br />

cuando ésta es atomizada mediante equipos especiales aprobados por el Servicio.<br />

Artículo 486<br />

Se prohíbe mantener y almacenar materiales de todo tipo en subestaciones y salas eléctricas. Solo<br />

se podrá mantener en estos recintos, los equipos, herramientas y dispositivos que sean necesarios<br />

para las operaciones regulares.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!