REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
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Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />
Artículo 257<br />
Antes de trasladar y cambiar de posición un equipo como grúa, pala, perforadora u otro de gran<br />
envergadura y peso, se deberá comprobar que tanto el nuevo lugar de instalación como su trayecto<br />
poseen las condiciones mínimas requeridas para permitir el desplazamiento y las condiciones<br />
dinámicas que estos equipos involucran, en cuanto a presión sobre el terreno en que se apoyarán.<br />
Artículo 258<br />
La cabina o habitáculo de los vehículos y/o equipos que operan en una mina a rajo abierto, deben<br />
ofrecer como condiciones mínimas a sus operadores; seguridad, confort, y otras tales como:<br />
a) Aislamiento acústico, que garantice niveles de ruido conforme a las normas establecidas.<br />
b) Buenas condiciones de sellado para evitar filtraciones de polvo y gases. Si es preciso se deberán<br />
considerar sistemas de presurización y acondicionamiento de aire.<br />
c) Asientos con diseño ergonómico.<br />
d) Climatización de acuerdo a las condiciones del lugar de trabajo.<br />
e) Instrumental y mandos de operación de acuerdo a diseños ergonómicos y con instrucciones<br />
en idioma español.<br />
f ) Buena visibilidad (alcance visual).<br />
La cabina de los camiones debe ser construida de acero y con resistencia suficiente para proteger<br />
efectivamente al chofer de eventuales lesiones causadas por la pala o por rocas que se proyectan<br />
durante la operación de carguío.<br />
En el llenado de los neumáticos debe considerarse la recomendación del fabricante de ellos, en<br />
cuanto al uso de nitrógeno (N) comprimido u otro gas comprimido.<br />
CAPÍTULO CUARTO<br />
Instalaciones de Servicios<br />
Artículo 259<br />
Se aplicará en las instalaciones de servicios en una mina a rajo abierto, las disposiciones legales,<br />
en lo relativo a requisitos de construcción y montaje, saneamiento básico, normas de control<br />
de incendios, almacenamiento y manejo de sustancias y productos peligrosos. Se considerarán,<br />
además, como aspectos de seguridad, los siguientes factores específicos:<br />
a) Ubicación de las instalaciones con relación a factores climáticos y ambientales.<br />
b) Incidencia de factores geomorfológicos (aludes, rodados, aluviones).<br />
c) Exigencias y compromisos ambientales de los proyectos.<br />
d) Ubicación de las instalaciones respecto a la subsidencia y expansiones de la mina.<br />
Las instalaciones de servicios deberán formar parte de la presentación del proyecto al Servicio, para<br />
su revisión y aprobación.