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REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin

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142<br />

Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />

Artículo 570<br />

Toda vez que los efectos de una tronadura en términos de vibraciones, transmisión de ondas aéreas<br />

o ruidos de impacto medidos y fundados en parámetros técnicos, puedan eventualmente afectar<br />

a instalaciones, estructuras, construcciones o poblados cercanos; la Administración de la empresa<br />

deberá adoptar las medidas de control pertinentes a objeto de minimizar dichos efectos.<br />

Cuando las tronaduras se realicen en lugares próximos a edificios, propiedades o instalaciones,<br />

éstos deberán utilizar implementos protectores que eviten que las proyecciones, producto de la<br />

tronadura, los afecten.<br />

Artículo 571<br />

Nadie podrá retornar al área de disparo mientras ello no sea permitido por el Supervisor a cargo,<br />

quien instruirá por algún medio de comunicación o señales estandarizadas para tal efecto.<br />

Artículo 572<br />

Se deben tomar todas las precauciones para cargar explosivos en perforaciones calientes o que<br />

contengan cualquier material extraño caliente.<br />

Los barrenos con temperaturas superiores a sesenta grados Celsius (60°C) deben ser enfriados con<br />

agua u otro medio; si esto no es posible, se aplicarán procedimientos especiales de operación<br />

aprobados por la Administración.<br />

Artículo 573<br />

Se prohíbe estrictamente volver a barrenar en los restos de perforación de disparos anteriores<br />

(culos) o en perforaciones hechas anteriormente para otra finalidad diferente de la tronadura. En<br />

los casos en que un tiro hubiere detonado, pero sin alcanzar a “botar”, estará permitido recargar el<br />

barreno, siempre que esté en condiciones adecuadas, pero solamente después que la temperatura<br />

del barreno haya sido reducida.<br />

Artículo 574<br />

Los fondos de barrenos, o culos, de tiros anteriores, serán señalados con estacas de madera para evitar<br />

penetración accidental o involuntaria de las brocas que intervienen en la perforación siguiente.<br />

Los nuevos barrenos, deberán perforarse a no menos de veinte centímetros (0,20 m.) debiendo<br />

mantenerse paralelos al culo más cercano.<br />

Artículo 575<br />

Se puede emplear la iniciación múltiple, colocando iniciadores en varios puntos de la columna<br />

explosiva.<br />

En tal caso, cada iniciador deberá estar conectado a su cordón detonante el que a su vez se unirá a<br />

la línea principal o troncal, lo que se puede aplicar a detonadores eléctricos o no eléctricos.

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