REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
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Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />
Artículo 285<br />
La tronadura se llevará a cabo, conforme a lo que disponga el respectivo reglamento interno<br />
para el uso de explosivos, aprobado por el Servicio y únicamente después de haber verificado,<br />
mediante detectores de metano o por observación de la llama de la lámpara grisumétrica, que<br />
la concentración de metano en el ambiente no supere el uno coma cinco por ciento (1,5%). Esta<br />
comprobación deberá hacerse antes de cargar los tiros, antes de disparar y después de efectuada la<br />
tronadura; lo que deberá ser realizado por una persona capacitada y expresamente autorizada por<br />
la Administración de la mina.<br />
El Servicio tendrá un plazo de treinta (30) días para aprobar el reglamento, desde la fecha de<br />
presentación del reglamento en la Oficina de Parte.<br />
Los barrenos deberán cargarse con cartuchos, cuyo diámetro deje un juego no mayor a seis milímetros<br />
(6mm) y se taquearán con materiales incombustibles, llenando el barreno hasta la boca.<br />
No se disparará en un mismo laboreo más de un tiro a la vez, a menos que sea por disparo eléctrico<br />
conectado en serie.<br />
Artículo 286<br />
Si existiese el riesgo de emanaciones instantáneas de grisú, la distancia a la cual se ubicará la<br />
máquina disparadora será de por lo menos ciento setenta (170) metros y estará ubicada de manera<br />
que el disparador y el personal afecto queden fuera de la trayectoria recta explosiva; a menos que<br />
se disponga de refugios acondicionados con suministro de aire independiente del circuito de<br />
ventilación.<br />
CAPÍTULO CUARTO<br />
Sistemas de Fortificación<br />
Artículo 287<br />
En los frentes de explotación se debe arrancar el carbón en la forma más completa posible,<br />
especialmente en las partes poco estables y en las capas muy inclinadas, con el objetivo de evitar la<br />
combustión espontánea de éste en etapas posteriores de la explotación. Con este mismo propósito<br />
debe evitarse la práctica de dejar pilares o macizos de carbón sin extraer.<br />
Artículo 288<br />
En el método de explotación por cámaras y pilares con recuperación de los pilares, el arranque de<br />
éstos debe emprenderse lo más rápidamente posible después de terminado el ciclo de trabajo.<br />
Artículo 289<br />
La operación de recuperación de fortificación de la última calle, debe realizarse de acuerdo a un<br />
reglamento aprobado por la Administración.