REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
42<br />
Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />
Artículo 103<br />
Las chimeneas o piques usados para tránsito de personal deben ser debidamente habilitados para<br />
tal efecto con escaleras y plataformas de descanso.<br />
La distancia máxima entre canastillos o plataformas de descanso en el compartimento de escalas<br />
en piques verticales o de fuerte inclinación, será de cinco metros (5m), y el piso de cada canastillo<br />
deberá estar entablado con madera de un grueso mínimo de cinco centímetros (5 cm) o con otro<br />
material de resistencia equivalente o superior y colocarse alternadamente a lo largo del tramo total<br />
que cubre la escala.<br />
En casos calificados por el Administrador, se podrá usar rejilla de acero Kerrigan o de resistencia<br />
equivalente para piso de los canastillos, con el fin de permitir la circulación del aire.<br />
Artículo 104<br />
Toda escalera o escala fija colocada, ya sea en un canastillo, plataforma o en cualquier labor, debe<br />
sobresalir un mínimo de ochenta centímetros (0,80 m) sobre el piso correspondiente, apoyada en<br />
caja firme y sujetada por sus pisaderas o travesaños.<br />
En la confección de estas escalas y escaleras, no solo se emplearán clavos para fijar las pisaderas o<br />
travesaños a los montantes. Estos, se deberán ajustar mediante ensambles, espigas o entalladuras.<br />
Las escaleras fijas deberán estar provistas de sus correspondientes pasamanos y a lo menos, tres (3)<br />
peldaños por metro.<br />
En instalaciones verticales se deberá disponer de canastillo de protección espaldar en toda su<br />
longitud, que impida caídas al vacío.<br />
Las escaleras de “patilla” podrán usarse aisladas y no en serie consecutiva y no tendrán más de tres<br />
metros (3m) de largo c/u. Sobre este largo, se deberá usar otro tipo de escaleras más seguras.<br />
CAPÍTULO SEGUNDO<br />
Equipos de Transporte en Interior Mina<br />
Artículo 105<br />
Al transporte en minas subterráneas, le serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones del<br />
Título IX, Capítulo Segundo, de este Reglamento.<br />
Artículo 106<br />
El Administrador elaborará y mantendrá actualizado un reglamento interno de transporte que<br />
contenga, a lo menos y si es empleado:<br />
a) Transporte de personal por todos los medios usados.<br />
b) Transporte de materiales y equipos.