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REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin

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La guía deberá ser encendida con un encendedor eficaz. Se consideran eficaces los fósforos mineros,<br />

thermalite o equivalente.<br />

Artículo 564<br />

Para fijar los detonadores a fuego o conectores sobre las guías se deberá usar, solamente, el alicate<br />

minero diseñado para este propósito.<br />

Artículo 565<br />

En la operación de carguío con explosivos, como en su manipulación, deben estar determinadas<br />

previamente, la distancia y el área dentro de las cuales no se podrán efectuar trabajos diferentes a<br />

dicha operación.<br />

Sólo se permitirá permanecer en el área al personal autorizado e involucrado en la manipulación<br />

del explosivo. El supervisor a cargo de la tronadura, excepcionalmente autorizará, el ingreso de<br />

personas ajenas a la operación de carguío.<br />

Artículo 566<br />

Será obligatorio el uso de señalización de advertencia en el área, como asimismo el uso de distintivo<br />

especial para el personal que interviene en dicha operación.<br />

Artículo 567<br />

En la operación de carguío de explosivos y antes de encender cualquier disparo, se deberá aislar<br />

convenientemente el área a tronar, colocando las señalizaciones de advertencia que corresponda y<br />

bloqueando el acceso de personas, equipos y vehículos a ésta.<br />

Se deberá suspender toda actividad ajena a las operaciones con explosivos, en el sector<br />

comprometido.<br />

Artículo 568<br />

Todas las vías de acceso a la zona amagada deben estar protegidas con loros vivos (personas),<br />

perfectamente instruidos por el Supervisor. En casos debidamente justificados y reglamentados, se<br />

podrán utilizar loros físicos como “tapados”, barreras y letreros prohibitivos.<br />

Los loros vivos deben ser colocados por el Supervisor, anotando su ubicación y nombre. Cuando<br />

se trate de una zona muy extensa, más de un Supervisor puede colocar los loros que resguarden la<br />

zona, pero cada uno de ellos debe reportar a un Supervisor general. Una vez efectuada la tronadura,<br />

el mismo Supervisor que los colocó deberá retirarlos.<br />

Artículo 569<br />

Las tronaduras se avisarán por medio de procedimientos específicos, que alerten a los trabajadores<br />

tanto la iniciación de los tiros como la cesación del peligro. Todo lo anterior, debe estar indicado en<br />

el procedimiento interno de tronaduras de la Empresa.<br />

D.S. Nº 132 - MINISTERIO <strong>DE</strong> MINERÍA - Publicado el 7 de febrero de 2004<br />

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